Modelo 036 – ¿Qué es?
El modelo 036 de Alta Censal es el documento a cumplimentar y presentar para inscribirse en el Censo de Empresarios y darse de alta en la Agencia Tributaria (Hacienda) con el objetivo de comenzar una actividad empresarial ya sea como personas físicas o jurídicas. Es decir, es el modelo a presentar si te quieres dar de alta como autónomo o has decidido constituir una pyme.
Personas obligadas a presentar el modelo 036 y 037
Antes de iniciar una actividad empresarial/profesional es necesario rellenar el modelo 036 o la versión simplificada de éste, el modelo 037 que explicaremos más adelante. Junto a la cumplimentación de este formulario, tendrá que informar a Hacienda y compartir ciertos datos como información personal, fiscal y empresarial, necesarios para darse de alta.
En caso de modificación de la actividad, cambio de domicilio fiscal, darse de baja del sistema o solicitar un nuevo CIF, se tiene que comunicar a la Agencia Tributaria para rectificar los datos.
Por tanto, cuando hablamos del modelo 036 nos referimos a una declaración censal de alta, de baja y de modificación. Las siguientes personas están obligadas a presentarlo:
- Personas físicas y personas jurídicas (autónomos, pequeñas y medianas empresas) que desempeñen o vayan a desempeñar una o más de una actividad empresarial en el territorio de España, y cuyo desempeño tenga la condición de empresario o profesional;
- Aquellos que siendo personas jurídicas o físicas no residan en España pero si operen en territorio a través de un establecimiento permanente, (como puede ser una sede social, local o centro de operaciones entre otros), o bien, disfruten en este país de rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta;
- Personas físicas o jurídicas que no están establecidas tributariamente en territorio de aplicación del IVA pero están sujetas a pasivos por ese impuesto;
- Asociados, beneficiarios legales de una herencia o partícipes de empresas en régimen de atribución de rentas que realicen actividades empresariales y/o profesionales y tengan obligación de tributar debido a su condición de miembros de esas organizaciones.
Cuándo se presenta el modelo 036 y 037
El modelo 036 y el 037 se presentan cuando se quiera dar de alta una persona como autónomo o empresario, (propietario de una empresa), así como cuando se quiera realizar algún cambio en la actividad que ya se está desarrollando, como hemos comentario anteriormente.
Se puede presentar de forma telemática, es decir por internet, desde la página web de la Agencia Tributaria (Sede electrónica) o pidiendo cita previa en su oficina de Hacienda más cercana. Si se presenta físicamente a la Administración Pública podrán ayudarle con la presentación de dichos modelos y le darán de alta en el momento.
Si se decanta por la forma presencial, recuerde llevar consigo toda la documentación pertinente: fotocopia de Documento Nacional de Identidad, y de otros datos relativos a su actividad empresarial/profesional, permisos del Ayto., domicilio fiscal…
Diferencias entre el modelo 036 y el 037
Hemos hablado de ambos modelos, el 036 y el 037, pero, ¿qué diferencias hay entre cada uno? ¿Para qué sirve cada modelo?
Ambos modelos sirven para darse de alta en el Centro de Empresarios, pero depende de si estamos frente a una persona física, como un autónomo o una persona jurídica (empresa o sociedad).
Según esto, el modelo 036 es para las sociedades mercantiles (las denominadas SA o SL) y el modelo 037 para los que se quieran dar de alta como autónomo para poder desarrollar una actividad.
Cómo rellenar el modelo 036
A la hora de cumplimentar el modelo 036 se han de tener en cuenta diversos apartados que vamos a explicar punto por punto:
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Las causas de presentación
En este apartado deberás seleccionar entre las diferentes causas de presentación la que más se adapte a tu situación. Además, tendrás que rellenar los campos de información identificativa: lugar, fecha y firma.
Si además de operar en territorio español quieres hacerlo dentro de la Unión Europea, tendrás que marcar la casilla 130 y 582.
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Identificación
Si te vas a dar de alta como autónomo o profesional, sólo es necesario rellenar el apartado completo 2A. Si por el contrario, vas a dar de alta tu actividad empresarial (sociedad), tienes que rellenar todos los epígrafes de esta sección.
Se ha de brindar el nombre completo, NIF, domicilio fiscal, lugar, fecha y firma de la declaración.
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Representante
Esto únicamente se tendrá que rellenar en caso de disponer representante para la realización de estos trámites. Se pondrán los datos de éste y la causa de representación.
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Declaración de actividad y espacio de trabajo
En este apartado se ha de constatar la descripción de la actividad y el epígrafe al que corresponda. Si se realiza más de una actividad, se ha de notificar. Además, se comunicará el espacio de trabajo donde se desarrollará la actividad, (oficina o local o desde el propio hogar). Se indicará la fecha de inicio de la actividad y el Municipio y la Provincia donde se llevará a cabo.
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Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
En esta sección se indicará si se está sujeto a IVA según la actividad que se desarrolle. Asimismo, se indicará las fechas de presentación de las declaraciones, (trimestrales, anuales…) Todo esto está fijado por ley.
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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
En este apartado se elige el régimen al que se va a tributar el IRPF: por estimación normal o simplificada. Según la opción que elijas se aplicará uno u otro criterio fiscal. Normalmente, se suele escoger la estimación simplificada.
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Retenciones e ingresos a cuenta
Este apartado se rellenará cuando se vaya a contratar a terceras personas, como trabajadores. En este caso, se marcará la casilla: “satisface rendimientos de trabajo”. Y si es a profesionales autónomos, “satisface rendimientos de actividades económicas”.
Para ambos supuestos, se tendrá que declarar los rendimientos por estas personas e ingresar las retenciones que correspondan.
Otro caso en el que se tendrá que aplicar la retención es cuando está pagando por el alquiler de una oficina o local. Deberá aplicar la retención al propietario del inmueble e ingresar la cantidad a Hacienda mediante el documento correspondiente. Además, deberá notificar este hecho mediante el modelo 036.
Obligación de declarar modificaciones y baja en el modelo 036
No sólo para darse de alta en el Censo de Empresarios tendrá que presentar el modelo 036. También se tendrá que rellenar cuando tenga que modificar algún dato o se quiera dar de baja del sistema. De hecho, es de obligado cumplimiento declarar las modificaciones cuando:
- Cambie cualquier dato identificativo, como el domicilio fiscal;
- Se modifique cualquier otra información establecida en el documento de alta o en otra declaración de modificación anterior.
Tendrá un plazo de un mes desde que se produce ese cambio para presentar el nuevo modelo 036.
En caso de baja por fallecimiento del titular, los herederos legales serán los que tengan la obligación de cumplimentar el modelo 036 en un plazo máximo de 30 días desde la defunción.