Exención fiscal – ¿Qué es la exención fiscal?

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¿Estás pensando o tienes decidido iniciar una actividad profesional y crear una nueva empresa, pero quieres más información sobre impuestos? ¿No estás seguro de si estas actualmente tributas, en ocasiones, de más y quieres hacer saber qué opciones puedes tener? Si este es tu caso, este artículo puede que te interese, ya que hablaremos de qué es la exención fiscal. Últimamente, por las noticias y casos que hemos conocido en la televisión, se habla mucho de los pagos de impuestos. Es un tema muy recurrente y de gran seguimiento nacional, puesto que nos afecta a todos, de una manera directa. Seguramente, nos hemos formado una opinión al respecto y tomado posición según nos íbamos informando de los casos que salían. Hay cierta indignación social con el sector político a causa de estos delitos, aunque abarque gran parte de nuestra sociedad. Es una forma de proceder muy extendida en el país.

Es cierto que las grandes empresas o las personas que nos representan tienen más poder y sus acciones tienen repercusión. No dejar de ser cierto, aunque en menor tamaño, que muchas pequeñas empresas intentan no cumplir con su obligación tributaria. Esto siempre ha sido así y los altos impuestos, comparados con otros países, que hemos de afrontar afianza estos procedimientos. Es nuestra responsabilidad financiera cumplir con nuestra sociedad, pero las subidas de precios y los bajos ingresos pueden hacerlo difícil. Mas aún, cuando las empresas que sí pueden y deben cumplir con la ley no lo hacen. En muchos casos, han salid inmunes y este es un mal ejemplo para el resto de la sociedad. El mensaje que se transmite es muy peligroso y las pequeñas y medianas empresas se suman a esta práctica. Hay que estar más concienciado con los impuestos, ya que es un bien para todos nosotros.

exención fiscal

Qué es la exención fiscal

La exención fiscal, si hablamos de derecho tributario, tiene un amplio sentido que hace referencia a unos casos concretos. Se tratan de las actividades o personas que no soportan esa carga económica aplicable por ley en cuanto a normas impositivas. Aunque dichas cargas les correspondiese, no existe la obligación de cumplir, aunque se realice un hecho imponible. Este beneficio, en cuanto a fiscalidad, puede darse de tres maneras:

  • Si esta obligación tributaria no nace, al margen de que se produzca un hecho comprendido en el interior de una estructura normal, respecto al hecho imponible.
  • En los casos que sí nazca esa obligación, pero el pago sea condonado.
  • La deuda si nace y queda satisfecha. Más tarde, la parte que saldó la deuda, recupera la cantidad que ha pagado anteriormente. Motivado por un hecho diferente, imperando a otra norma, accede a este reembolso con posterioridad.

En los escenarios de exención, hay una nota común. El patrimonio correspondiente a las personas que ha afectado dicha exención no sufre una merma motivada por una aplicación tributaria. Suponiendo que:

  • El hecho imponible sea definido con alguna norma de carácter impositivo
  • Aunque esté previsto, por esa norma impositiva, que se realice el hecho imponible, este no se produzca. El motivo puede ser que, por norma de exención, haya una orden de no efectuarla, en determinados casos.

Es importante que sepamos todas las características y requisitos para que esta exención se pueda llegar a producir. Saber el escenario en los que está establecido por ley es determinante a la hora de mirar por nuestros intereses y cumplir con nuestras obligaciones. Además, es sumamente trascendental que sepamos qué es la evasión fiscal para no caer en ella. En este tipo de situaciones, siempre conviene estar dentro de la ley, aunque no estemos de acuerdo.

No sujeción y exención

Es preciso hacer una distinción clara entre los supuestos de exención fiscal o los que pertenecen a la no sujeción. En este último caso, pueden estar recogidos supuestos que, por ley tributaria, se encuentran fuera del hecho imponible y su definición. La finalidad es el esclarecimiento de las dudas surgidas que algunos hechos concretos puedan plantear. Al mismo tiempo, se define claramente el hecho imponible y sus límites. Dicha no sujeción está formada por normas que son de carácter interpretativo. En cambio, las normas que regulan la exención son imperativas.

 

En lo referente a exenciones, hemos de saber que hay dos clases que podemos diferenciar; exenciones subjetivas y objetivas. Por este motivo, es importante saber las diferencias entre ellos y saber en qué casos son aplicables o válidas.

  • Exención subjetiva. La persona encargada de realizar dicho hecho imponible es la circunstancia que puede eximir del pago respecto al impuesto. Un ejemplo claro es un impuesto sobre un bien inmueble español, que se encuentran exentos aquellos que pertenezcan a la Cruz Roja.
  • Exención objetiva. En estos casos, la exención se encuentra asociada con el tipo de la actividad que se está desarrollando. Por ejemplo, esta exención objetiva se da en el transporte de heridos o enfermos en ambulancias. En lo referente al impuesto de España sobre dicho valor añadido, la exención es independiente de la parte realizadora. En cambio, va dirigido a la actividad concreta que dicho legislador quiere que no se tribute.

En cuanto al apartado de si permanecen y cuánto tiempo, existen de dos tipos. Las de carácter permanente o temporal. 

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Exenciones y diferencias

El origen de la exención fiscal es siempre buscar el beneficio del contribuyente y de los futuros consumidores. Para ello, se tiene en cuenta el impuesto en el que recaerá esa exención.

  • En lo referente al impuesto directo, el sujeto con ingreso mínimo no hace el pago. Así podrá generar más ingresos y la economía se va equilibrando.
  • En el caso contrario, hablando del impuesto indirecto, los servicios y bienes pasarán a tener una menor carga fiscal. De esta manera, será más competitivo y barato en el mercado.

La exención y su aplicación

 

La exención fiscal, con motivo de beneficiar a la persona que contribuye, es aplicable con varias finalidades.

  • La equidad. Todo ciudadano debe hacer una contribución en proporción de la situación económica y su capacidad. Algo normal es que en el impuesto de la renta quede establecido la exención respecto al porcentaje a pagar correspondiente a sueldos bajos. Por otro lado, el IVA (Impuesto sobre Valor Añadido) y el pago del mismo queda eximido cuando se trate de un servicio o bien indispensable. Este supuesto esta dirigido a cualquier familia que tenga un poder adquisitivo menor.
  • La conveniencia. Dependiendo si las aplicaciones generales del impuesto pueden ser adecuadas o no.
  • La política económica. Las exenciones van a depender de toda directriz adoptada por el Gobierno.

Consejos

Como hemos podido comprobar, no solamente es importante conocer nuestras obligaciones tributarias. Existen derechos y beneficios, dependiendo de las circunstancias, que están a nuestra disposición. Saber de una manera completa y profunda qué es el IVA y qué es un impuesto puede ser la diferencia entre pagar más dinero o menos.
En este caso, la figura del asesor es muy importante para nuestros intereses. Siempre decimos que la contratación de un profesional no es un gasto, es una inversión. Además de ayudarnos con nuestra contabilidad para que paguemos lo que nos corresponde, también nos informará de las ventajas o beneficios que podemos obtener. Por eso, es fundamental, si nuestro negocio así lo requiere, contar con este ayuda.

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