Plan General de Contabilidad – ¿Qué es?

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¿Vas a iniciar una actividad profesional o quieres crear una empresa para emprender un negocio y quieres tener conocimientos contables? ¿No estás seguro de si tu formación y conocimiento es el suficiente para gestionar tu local y todo lo relacionado? Si estás con estas dudas, no te preocupes, ya que aquí hablaremos de qué es el Plan General de Contabilidad. Un error muy común es enfocar toda nuestra atención, recursos y esfuerzo al desarrollo de una actividad concreta que emprendemos. Es cierto que es una parte muy importante, pero también lo es ocuparse, directa o indirectamente, de su propia gestión. Aquí tenemos dos posibilidades que van a depender enteramente de nuestros deseos o circunstancias para decantarnos por una u otra. Nuestra responsabilidad financiera es llevar al día y estar al corriente de los pagos que la ley establece para tributar. Es un aspecto muy serio del que debemos ocuparnos correctamente.

En este Plan General de Contabilidad podemos encontrar estipulada la normativa de contabilidad que se aplica en España. El PGC (Plan General de Contabilidad) hace referencia al texto que tiene estas normas que son básicas para la contabilidad en este país. En el año 1.973 se aprobó un plan original, siendo este el texto más antiguo que hay en España. En el año 2.007 se redactó una nueva versión actualizada y se conoce como el NPGC (Nuevo Plan General Contabilidad). Con este plan ya modernizado se adoptó  la legislación perteneciente a Europa. Dicha legislación facilita la comunicación y fluidez entre las contabilidades internacionales y las contabilidades española.

Este Plan General de Contabilidad tiene definido parte de esos principios contables aplicables a cualquier empresa española. En el PCGA (Principios Contabilidad Generalmente Aceptados), por otra parte, se emite mediante institución académica o que las derivadas correspondientes a la práctica más recomendable.

Plan General de Contabilidad

Plan General de Contabilidad

Gracias a este Plan General de Contabilidad podemos notar un aumento importante en cuanto a calidad y cantidad referente a la información suministradas por las empresas. Se han profundizado en su tratamiento respecto a inversiones inmobiliarias y financieras. También con fondo del comercio, subvenciones, operaciones vinculadas y plan de pensiones. En la actualización del año 2.007, podemos encontrar las siguientes novedades en comparación con las del año 1.990:

  • La vocación convergente respecto a Reglamentos Comunitarios que contengan NIIF/NIC adoptadas. Se activa en cualquier aspecto que resulte necesario para que los los dos cuerpos normativos contables sean compatibles. No ha de provocar ningún perjuicio en cuanto a restricciones de opciones que pudiera contemplar el actualizado Plan, frente a Reglamentos Comunitarios. Además es aplicable el criterio propio que contienen las respectivas Directivas europeas. Esto vincula una excepción, ya que en ninguno de los casos se establece como una regla general. Las NIIF/NIC que se adoptan, se configurarán como referente obligado en cualquier disposición futura. Al mismo tiempo, nunca pueden ser derivadas a la aplicación directa de las mismas que se han incorporado en el Reglamento europeo. El motivo es que esa alternativa puede haberse tomado mediante el legislador de España no prosperase en su proceso para elaboración.
  • Determinados gastos e ingresos se contabilizarán de manera directa en un patrimonio neto. Esto no afectará a ganancias ni perdidas, al mostrarse la información en un estado de gastos e ingresos reconocidos. Esto será hasta que el reconocimiento se produzca, o el deterioro o baja del elemento relacionado con las cuentas.
  • Este plan hace referencia al valor razonable, con el fin de registrar esos ajustes respecto al valor, superior del precio para adquisición en varios elementos patrimoniales. Como por ejemplo, algunos instrumentos financieros.
  • El plan también obliga al registro de esos gastos financieros en los que se han incurrido cuando se ha adquirido activos. Cuenta hasta esa fecha para la entrada que funcionaba como valor mayor del activo. En el anterior, era todo lo contrario.
  • Creación del subgrupo que corresponde a esos elementos que son mantenidos para su venta, en un activo corriente.

Partes del Plan General de Contabilidad

La última reforma hecha en el plan ha introducido variaciones conceptuales y terminológicas. También han experimentando un cambio ciertos criterios de valoración, cuentas anuales y principios contables. Este plan está formado por cinco partes, siendo tres de obligado cumplimiento. Las otras dos restantes son facultativamente obligatorias. En otras palabras, al margen de ser optativas, puede que sean las más utilizadas. La razón es que facilitan de manera tangible el trabajo y la comparación de datos a un nivel de mercado e interno. Las cinco partes de las que hablaremos son:

Obligado cumplimiento

– El marco conceptual. Un apartado teórico que establece la base contable. Aquí se definen conceptos fundamentales muy importantes en la contabilidad. La imagen fiel, realidad económica, cuentas anuales, principios contables son unos de esos muchos pilares definidos. Gracias a esta parte podremos entender la parte restante del Plan general de Contabilidad.

– Norma de Valoración y Registro. En este apartado se enumeran las Normas de Valoración y Registro, que es un total de 23. Dichas normas explican como realizar dos acciones. Nos aclaran cómo registrar, o en otras palabras contabilizar. Otra acción detallada es la de cómo valorar. Esto quiere decir qué importe pasado a Euros se realizar ese registro dentro de nuestra contabilidad respecto a esos 23 casos contables que pudieran suceder en el funcionamiento de la empresa. Las novedades de valoración y registro en relación con el PGC destacan la manera de tratar gastos por establecimiento, permutas, subvenciones, inversiones financieras e inmobiliarias, etc.

 

 

– Las cuentas anuales. En esta parte viene explicado la manera en que debemos hacer la presentación de esta cuentas anuales. Estas cuentas en realidad son estado financieros o informes que proporcionan la información financiera y económica de una empresa. Existe la obligación de presentar anualmente dichas cuentas en nuestro registro mercantil. Hay un mes de margen, después de que la junta general perteneciente a la empresa las apruebe. Esta junta, a su vez, dispone de un plazo para hacer esa aprobación de seis meses, a partir de que cierren ese ejercicio. Las cuentas anuales son formadas por:

  • Cuenta de ganancias y pérdidas
  • Balance de la situación
  • Estado de los cambios efectuados en Patrimonio Neto
  • El estado de flujo de efectivo (Solamente obligatorio para una gran empresa
  • La memoria anual

En la actualidad, las cuentas son obtenidas por herramientas informáticas. Es un proceso muy eficaz y rápido que ayuda a un emprendedor llevar su contabilidad.

Plan General de Contabilidad

Facultativamente obligatorias

– El cuadro de las cuentas. Este popular cuadro es esa relación de las cuentas contables aconsejadas por el PGC. Podemos utilizarlas para distintos elementos de patrimonio que pueden existir en una empresa. Aún siendo voluntaria, en la mayoría de los casos se opta por esta parte. Por si fuera poco, el PGC facilita la creación de nuevas cuentas, respondiendo a las necesidades que tengamos.
Hay varias adaptaciones sectoriales orientadas a una entidad que no tenga ánimo de lucro, cooperativas, concesionarias, etc. Estas poseen su propia manera de adaptarse a este cuadro.

 

– Definición y relación contable. En esta parte se detalla la utilización de esas cuentas que están en su cuadro de cuentas, contando el funcionamiento contable. En otras palabras, cuando hay un cargo (nota en Debe) y cuando hay un abono (nota en Haber). Al ser un cuadro facultativo, la parte que explica dichas cuentas también es. Otro dato importante es saber hacer el balance de situación en tu contabilidad.

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