Retenciones de IRPF en facturas
¿Quieres saber más sobre nuestra responsabilidad financiera y qué tenemos que hacer para estar al día con nuestras obligaciones contables? ¿No sabes exactamente que retención se ha de aplicar en las facturas o no estar seguro de cómo poder hacerlo? En este artículo hablaremos de las retenciones de IRPF en facturas y también daremos algunos consejos que pueden ser útiles. Es imprescindible actuar correctamente durante todo el proceso, ya que un error nos podría acarrear en el futuro contratiempos legales.
La gran duda que se suele tener es cuándo aplicar el IRPF o el IVA y cómo hacerlo. Hay distintos tipos de retenciones, según la categoría del servicio, producto o profesión. En un gran porcentaje de estos casos, si se contratan los servicios profesionales de un autónomo mediante una empresa, dicho autónomo ha de aplicar la retención del IRPF. Si la factura que va a emitir es para un particular, no ha de aplicar dicha retención bajo ningún concepto. La diferencia entre ambos casos es que a la empresa es una factura y al particular es, simplemente, un ticket.
El IRPF y su funcionamiento
Para saber cómo funciona y desenvolvernos mejor en este apartado hemos de tener en cuenta tres conceptos importantes que son el IRPF, IVA y la base imponible.
- Base imponible. Esta es la cifra a partir de la cual se calculan los impuestos. Este primer concepto supone el ingreso bruto de una persona sujeta a la retención del IRPF e IVA.
- El IVA. A la base imponible de la que hemos hablado se ha de añadir el IVA. Este porcentaje añadido a la base imponible no nos pertenece realmente, al tener que liquidar esa cantidad a Hacienda en los plazos estimados. Es esas declaraciones en las que pagas el IVA a Hacienda, el mismo organismo público te devolverá el IVA de los gastos que hayas tenido. Estos gastos que vas a declarar para «recuperar» el IVA han de ser la consecuencia de tu trabajo, ya que los gastos en tu vida personal no entrarían en esta categoría.
- El IRPF. En las situaciones, como anteriormente hemos comentado, en la que prestes como profesional un servicio a una empresa, deberá estar dicha retención. El motivo de la retención es que al realizar una factura pagas el impuesto. Dicho impuesto la empresa deberá liquidar a Hacienda en el momento de hacer la declaración. Cuando haya pasado el año y tengas que hacer la famosa declaración de la renta, aparecerán todas esas retenciones que has hecho en cada factura. En esta declaración, según tus circunstancias o características contables, podrás conseguir que te devuelvan ese dinero retenido por factura.
Aplicación
El ya popular IRPF es un impuesto que tenemos progresivo encargado de gravar la renta de esas personas, en él también están los autónomos. Hacer esa retención en tus facturas tiene un impacto a la hora de declarar en los modelos tributarios. Si has aplicado una retención de IRPF superior al 70% de la facturación, no estarás obligado a presentar el modelo 130, que se hace al acabar un trimestre. Son tus clientes, en este caso, los que habrán hecho esa declaración en tu lugar. Si no has llegado a ese 70% si has de presentar, de manera trimestral, el modelo 130, ya sea por medio de un gestor o tú, personalmente.
Hemos de decir que existen diferencias entre los mismos autónomos, dependiendo de la actividad que estén desarrollando.
- No se tiene la obligación de retener ese IRPF en las facturas, en el caso que estemos dado de alta con el epígrafe IAE, que es el primero.
- Has de retener un 15% del IRPF cada vez que emitas una factura, si perteneces al epígrafe de «actividades artísticas o profesionales».
- Al estar en el primer año como autónomos, más los próximos dos años en la actividad, la cantidad a retener de IRPF es un 7%.
- Aplicaremos solamente un 1% de IRPF en cada una de nuestras facturas en el caso de que estemos dados de alta por actividades con estimación objetiva en módulos.
Si tu situación o grupo de autónomo pertenece a actividades forestales, ganaderas o agrícolas has de aplicar un 2% del IRPF en cada una de las facturas. Con la excepción de si estamos hablando de una actividad ganadera referente a la avicultura y engorde porcino. En este caso, sería la mitad; un 1% a retener.
Cálculo del IRPF en una factura
Este cálculo está sujeto al tipo de actividad que desarrollemos, ya que como en el apartado anterior hemos comentado, tendremos que aplicar un porcentaje u otro en función de nuestra categoría. Ese porcentaje a retener en cada factura se aplica sobre la base imponible, que es el beneficio bruto para el profesional. Por ejemplo, si somos un profesional dado de alta como autónomo y hacemos una factura a la empresa, cuando esta ha contratado nuestros servicios:
- El importe bruto (base imponible) que hemos negociado con esa empresa son 60€ por una hora de trabajo.
- A estos 60€ le calculamos un 21%, en referencia al IVA, y lo sumamos a esa base imponible más adelante. En este punto, sacaríamos el 21% de 60€ que sería 12,60 €.
- El tercer paso es hacer la retención del IRPF que nos corresponde, que generalmente es un 15%, el 7% si somos nuevos autónomos. Aquí habría que sacar el 15% a esos 60€, y nos daría un resultado de 9€.
- Una vez sacado el porcentaje que deberemos añadir a la base imponible y la retención que debemos aplicar, podremos sacar el importe neto. Nos quedaría la siguiente operación: 60€ (base imponible) +12,60€ (IVA) – 9€ (IRPF) = 63,60€.
En este caso, habrías cobrado 63,60€ por una hora de tu trabajo a esa empresa. No olvidemos que dicho IVA lo deberás de declarar (devolver), que se puede compensar reclamando el IVA en los gastos relacionados con esa actividad. En la declaración de la renta también podrías recuperar ese IRPF.
Consejos
Si tenemos pensado darnos de alta como autónomos porque queremos empezar a desarrollar una actividad profesional, hemos de tener claro los conceptos descritos en el artículo. Dependiendo del volumen o la complejidad de nuestra contabilidad, podemos contratar a un gestor o llevar todas las operaciones nosotros. La segunda opción no es recomendable si hemos de cumplir con muchos requisitos y declaraciones complejas que nos podrían quitar tiempo para trabajar o descansar. Muchos autónomos dedican su tiempo libre y los fines de semana a estos papeleos, privándose así de poder disfrutar de la familia o alguna afición.
Si lo pensamos bien, un gestor es una inversión mínima en la que nos ofrecen la garantía de cumplir con nuestras obligaciones, los beneficios posibles en esos trámites, la tranquilidad y la posibilidad de desconectar del trabajo. Para ello, también es importante que sepamos las reglas básicas de finanzas personales, para tener un equilibrio entre nuestra contabilidad profesional y personal. Además, es recomendable que sepamos qué es un activo. Estos conocimientos financieros nos ayudarán a entender mejor cómo funciona una empresa y poder tomar decisiones más inteligentes o certeras.
A la hora de declarar el IVA de los gastos que hemos tenido durante el ejercicio de nuestra actividad profesional, hemos de ser totalmente éticos. Anteriormente, la gente solía incluir facturas de comidas familiares, copas o incluso vacaciones. Esto no está permitido, ya que no estás cumpliendo con la ley y con tus obligaciones tributarias. Puede ser tentador recuperar gran parte de nuestro dinero presentando estos gastos personales, pero no está compensado lo que vamos a recuperar con el dinero que nos podría costar. Dejando a un lado que tampoco es moralmente aceptable.