Instrumento de capital – ¿Qué es?

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Cuando hablamos de las empresas y los diferentes acuerdos que existen entre ellas, podemos hacer referencia a diferentes contratos. En la actualidad, existen muchas estrategias o técnicas que permiten a más de dos empresas o partes alcanzar objetivos uniendo fuerzas. En este artículo hablaremos exactamente de qué es el instrumento de capital y de todo lo que has de saber sobre él. Es posible que no hayamos oído este término o que no lo conozcamos en la profundidad que deberíamos. No obstante, si mencionamos participación social o acciones seguramente sepamos de qué estamos hablando. Si nos vamos a la normativa de contabilidad, dicho instrumento es el título (instrumento financiero o contrato) que señala la participación en un capital correspondiente a otra empresa. Entre ellas, están las acciones, por ejemplo, que son las más populares o conocidas.

Los socios son las personas que participan en la sociedad mercantil y su capital y poseen los títulos correspondientes. Dichos títulos son acciones, si se trata de Sociedad Anónima o participación social si nos referimos a Sociedad Limitada. Las diferentes personas que han puesto al servicio de las sociedad y su fundación los recursos económicos adquirieron por ello estos títulos. También los pueden conseguir en una etapa posterior que se necesitaba disponer de más recursos ampliando el capital. Estos propietarios son las personas que originalmente se hicieron con ellos o las personas que los compraron, pasando a ser socios.

El socio puede ser una persona jurídica o física. La sociedad (persona jurídica), por este motivo, puede obtener títulos del capital correspondiente a una sociedad diferente. Para la empresa propietaria, dichos títulos se les denomina como instrumento de capital. No obstante, si esa cantidad perteneciente a la empresa no cuenta con un impacto significativo (residual), está calificado como instrumento del patrimonio.

instrumento de capital

Instrumento de capital

En cuanto a valorar este instrumento de manera contable, se procede como con cualquier otro instrumento financiero. La referencia a seguir es el criterio para cualquier inversión inmobiliaria. Por lo tanto, la inicial valoración es el precio de la adquisición, que es el de aportaciones realizadas para conseguirlos o el precio para la compra. Cuando finalice el ejercicio, se registra si ese valor en contabilidad supera el importe que se puede recuperar. Aquí, se le aplica un deterioro del valor.

Cuando un instrumento de capital es utilizado para vender o negociar es valorado en función del valor razonable. Existe la opción de aplicar el valor cuando se negocia la enajenación o cuando se cobra dicha transmisión. En cualquier caso, al transmitir un instrumento de capital, es posible que el precio para vender provoque ciertos gastos o ingresos, como el resto de activos en balance. Esto dependerá de si el importe recibido por la venta supera o es inferior respecto al valor en contabilidad.

Con toda seguridad nos es útil saber qué es una fusión de empresas o saber cuál es nuestra responsabilidad financiera para cumplirlas. Sí es trascendental e indispensable en contabilidad tener un conocimiento básico. Entre esos conocimientos, hemos de destacar la importancia de saber qué es el activo y el pasivo en contabilidad.

Es probable que si nuestra empresa se compone de varios socios con participaciones o acciones, tengamos un profesional que se encargue de gestionar el apartado contable. Sin embargo, nunca está de más conocer la forma de proceder, aunque tengamos a una persona que nos aconseje y nos busque la mejor solución para nuestros intereses.

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Límites y prohibiciones

Por norma general, no es posible que la sociedad cuente dentro de su patrimonio con participación social o acción propias. En otras palabras, no está permitido que esta compañía pertenezca a ella misma. Hay algunas excepciones establecidas en nuestra Ley para Sociedad del Capital por la que se puede incumplir esta regla. Para ello, se han de cumplir una serie de requisitos o circunstancias como:

  • Si se han adquirido con el fin de reducir el capital aprobado por Junta General. Ante esta circunstancia, las acciones no pertenecen ya al balance de sociedad, ya que se reduce el capital y son amortizadas.
  • Si el capital recibido pertenece a una herencia o donación que se encuentre totalmente liberado.
  • En el caso de que estén liberadas en su totalidad y el juez determina su adquisición para pagar una deuda procedente a una ejecución respecto a la parte que posee dichos títulos.

De los puntos anteriores, en los últimos dos es exigido por Ley la enajenación para otras personas en un tiempo inferior a tres años, contando desde la adquisición. El deber de enajenación no será tal si todas las acciones de esa sociedad más las correspondientes a otras empresas del mismo grupo no representen un 20% respecto al capital. Si pasados los tres años, al superar los doce meses posteriores, el administrador o administradores tienen la obligación de convocar su Junta Generan en los dos meses siguientes. Con esta convocatoria se llega al acuerdo para amortizar esas participaciones o acciones.

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