Qué es un Funcionario

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Un funcionario es una persona que se encarga del desempeño de un trabajo público. Es un trabajador por cuenta ajena que cumple las funciones que les son encomendadas por parte de un organismo que forma parte del Estado de un país.

Aquellas personas que trabajan de funcionario acostumbran a tener un contrato de trabajo que difiere sustancialmente de los que son presentados en el ámbito privado. Esto hace que un funcionario público tenga habitualmen condiciones más favorables para el desempeño de su actividad laboral.

Estas acostumbran a estar relacionadas con una mayor seguridad laboral, un horario de trabajo reducido y más días de vacaciones, entre otros. De esta forma, la Administración Pública trata de incentivar a los trabajadores y evitar que los mejores profesionales acudan al sector privado. De esta forma se busca que esas personas puedan estar al servicioo de toda la sociedad.

En los Estados acostumbra a haber diferentes mecanismos para la contratación de funcionarios de una manera objetiva. Están basados en méritos y capacidades, siendo habituales los concursos públicos para asignar los cargos, aunque no son siempre necesarios, ya que dependen del tipo de labora que se vaya a desempeñar.

Los presidentes del Gobierno, los gobernadores, los intendentes, los secretarios de Estado y los ministros también son funcionarios públicos.  En cualquier caso, no todos los funcionarios tienen la misma condición ni tienen las mismas características.

Por ello hay que conocer los tipos de funcionarios que existen, a lo cual vamos a hacer referencia a continuación. Los clasificaremos en base a dos criterios, según su contrato y tareas que desempeñan; y de acuerdo a su formación previa y trabajo.

Tipos de funcionario según su contrato y tareas a desempeñar

En función del contrato y de las tareas que un funcionario público pueda realizar, cabe distinguir entre los siguientes tipos:

Funcionario de carrera

Son aquellas personas que trabajan permanentemente para la Administración Pública. Para llegar a este puesto han tenido que llevar a cabo un proceso de selección u oposiciones.

La existencia de estas placas y su permanencia depende de los presupuestos que haya para ello en cada una de las administraciones y organismos público.  El desempeño de los servicios y su correspondiente retribución está regulada por parte del Derecho Administrativo.

Funcionario interino

Son aquellos individuos que llevan a cabo labores transitorias ocupando plazas que están destinadas a su ocupación por parte de funcionarios de carrera. Lo hacen en aquellos casos en los que sea necesario o urgente por diferentes circunstancias como:

  • Sustitución transitoria de titulares.
  • Plazas vacantes por la falta de suficientes funcionarios de carrera para poder llevar a cabo ese tipo de laboral.
  • Ejecución de programas de carácter temporal.

Sus contratos no superan los 6 meses de duración por periodo anual. Su colaboración finaliza cuando deja de ser necesaria para la Administración.

Personal eventual

Son aquellos trabajadores públicos que llevan a cabo funciones especiales de asesoramiento y similares, habitualmente a cargos políticos. Son de libre nombramiento, con un cese que está ligado al cargo al que está prestando su servicio. No es necesario el pago de una indemnización cuando se produce su cese.

Personal laboral

Son aquellos trabajadores públicos que mantienen una relación con la Administración Pública mediante un contrato de trabajo que es formalizado de forma escrita, por el cual perciben un salario. Estos pueden ser de tipo  fijo, indefinido o temporal en función de la duración del trabajo.

Su relación contractual se encuentra regulada por el Derecho al trabajo. Esto hace que pueden ser tanto contratados como despedidos. Sus funciones no pueden llegar a invadir las que son realizadas por parte de los funcionarios.

Tipos de funcionario según su formación previa y su trabajo

En función de la formación recibida previamente así como de su trabajo, se pueden distinguir las siguientes categorías para un funcionario público:

Grupo A

En este primer grupo se encuentran quienes tienen en posesión un título universitario, concretamente de arquitecto, licenciado, doctor o ingeniero superior. Sus funciones están enfocadas a la dirección y alta gestión.

Grupo B

Para pertenecer al grupo B es necesario tener un título de técnico superior o un diploma universitario. Son personas que, por su formación, se dedican a la gestión y la ejecución de diferentes labores, que dependerán del tipo de trabajo del que se trate.

Grupo C

Este grupo requiere de la posesión de un título de BUP (Bachillerato Unificado Polivalente), Bachiller Superior o Ciclos Formativos de Grado Superior. Son trabajadores especializados en tareas administrativas y/o de archivo.

Grupo D

Este grupo de trabajo está destinado a quienes brindan apoyo a los trabajos administrativos. Se requiere tener un graduado en ESO.

Grupo E

Para formar parte de este se exige tener certificado de escolaridad. Sus principales funciones son las labores manuales y auxiliares.

Cuerpos generales

Son los trabajadores que se encuentran centrados en tareas administrativas comunes.

Cuerpos especiales

Se dedican a llevar a cabo unas tareas determinadas en base a un oficio o profesión en concreto.

 

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