Cómo despedir una embarazada

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En los últimos años se han efectuado muchas medidas de discriminación positiva para lograr la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, uno de los ámbitos en los que se ha puesto mas atención es el del mundo laboral ya que se considera que es una de las partes de la sociedad en las que la mujer está mas discriminada negativamente respecto del hombre, y porque es uno de los pilares necesarios para lograr la igualdad económica. Estas medidas de discriminación positiva la podemos ver reflejada en los muchos apartados que se dedica en la legislación laboral a la condición de mujer embarazada o en periodo de lactancia.

Por motivo de esta legislación un tanto especial en el caso de la mujer embarazada o en lactancia muchos empresarios tienen dudas acerca de si en caso de necesitarlo pueden despedir o no a una empleada en dicha condición, o directamente piensan que no se puede.

La verdad es que si hay una legislación que limita las posibilidades de despido a mujeres embarazadas o en lactancia en un intento de proteger a este colectivo vulnerable y de fomentar la natalidad, pero para nada esta prohibido totalmente el despido en estas situaciones, veamos esto con mas detalle.

Estatuto de los Trabajadores

En el Estatuto de los Trabajadores podemos ver como en el artículo 53 como se declara nulo el despido cuando la persona despedida sea una mujer embarazada pero mas adelante podemos leer que si la empresa demuestra que el  despido es por una causa ajena al hecho de que la trabajadora este embarazada si que existe una posibilidad de despido, a este punto se debe recordar que es la empresa la encargada de demostrar que no es un despido debido a la situación de embarazo, es decir, la carga de prueba la soporta la empresa no la trabajadora.

Una vez se ha podido demostrar que la voluntad de despido no es debida al hecho del embarazo para poder llevar a cabo el despido solo hay dos modos de poder continuar, el primero es que el despido sea por causas objetivas y el segundo es que el despido sea por alguna falta disciplinaria por parte de la trabajadora.

Despido por causas objetivas

Esta es la primera causa de despido por la que se pude despedir a una embarazada, sucede cuando concurran uno o varios motivos que obliguen a finalizar la relación entre empresa y trabajador, ya sea  por naturaleza económica, técnica o por razones empresariales se debe terminar con la relación laboral que hasta entonces se desarrollaba, estos motivos habitualmente son los siguientes.

  • Insuficiente capacidad del trabajador o ineptitud, esta no debe ser conocida antes de que el trabajador entre en la empresa, si ya se conocía dicha ineptitud no se podrá alegar como causa de despido.
  • No adaptación a una mejora técnica o a nuevos instrumentos de trabajo, aún habiendo recibido la debida formación al respecto.
  • Despidos colectivos (expedientes de regulación de empleo).
  • Otros.

Estas son las principales causas objetivas, veamos ahora las causas disciplinarias.

Despido disciplinario

Cuando suceda alguna falta grave por parte del trabajador se podrá proceder a su despido, esto está regulado en el artículo 54 del Estatuto de los trabajadores y en el mismo artículo dice en que casos se considera falta grave motivo de despido.

  • Faltas reiteradas al trabajo, si son por el embarazo están justificadas.
  • Comportamiento indisciplinario, falta de obediencia en el puesto de trabajo.
  • Agresiones físicas o verbales tanto al empresario, como a la familia que conviva con el empresario, y a los compañeros de trabajo.
  • Atentar contra la buena fe contractual y abusar de la confianza con el empresario.
  • Reducción del rendimiento en el trabajo de manera dolosa y continuada en el tiempo.
  • Acudir continuadamente en estado de embriaguez o bajo los efectos de fármacos si esto repercute de manera negativa en el rendimiento laboral.
  • Acoso o discriminación al empresario o a compañeros de trabajo por razón de su raza, etnia, religión, edad, físico o sexo, así como el acoso sexual en el trabajo.

Por todas estas razones se puede despedir por motivo indisciplinario.

Procedimiento

El procedimiento de despido es el habitual relativo a cualquier otro despido.

Primero debemos redactar una carta de despido en la que notificamos al trabajador que queremos terminar con la relación laboral y también le informamos de las causas que motivan nuestro deseo de extinguir dicha relación.

Una vez el trabajador ha recibido la carta de despido deben pasar 20 días hasta que la relación laboral se da por concluida definitivamente, en este tiempo es cuando el trabajador puede impugnar el despido si lo considera improcedente o nulo.

Si no hubo ninguna reclamación el despido se hará efectivo y la relación laboral habrá finalizado, recuerde que previo a esto el empresario debió haber demostrado que el despido es por causa ajena a la condición de embarazo o de lo contrario el despido será nulo.

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