Cierre contable – ¿Qué es el cierre contable?
El cierre contable es, el cierre de cuentas y su análisis del año pasado de la empresa; y sirve para conocer el estado de la misma, así como trasladar la información sobre la situación de la empresa a la Administración.
Por ello llevar al día la contabilidad de una empresa es importante a nivel interno, pero imprescindible para poder entregar a tiempo la documentación a las Administraciones Publicas sobre de la situación de la Sociedad.
Puede variar en función de la empresa. Aunque generalmente, el año contable de la empresa coincide con el año natural. Si tu empresa sigue la norma general, el cierre contable del año será el día 31 de diciembre de ese mismo año.
Una vez realizado el cierre contable, las empresas tienen los 6 meses posteriores para presentar las cuentas a Hacienda. Por ejemplo, en el caso de las empresas que hayan cerrado el año fiscal el 31 de diciembre de 2018, tendrán hasta junio de 2019 para presentar los documentos ante Hacienda.
El Cierre Contable en España
En España existen varias normativas que regulan el cierre contable y fiscal, principalmente enfocados en la fiscalidad (LIS o el RIS)
Pero también para el cierre contable propiamente dicho, que luego servirá para el cierre fiscal, sobre todo enfocado para ayudar a las Pymes. En este sentido están la NRV 13ª del Plan General de Contabilidad y la NRV 15ª del Plan General de Contabilidad de Pymes, ambas coincidentes en aplicar para la contabilidad del Impuesto sobre Sociedades el método de la deuda basado en el balance.
Así, desde el punto de vista contable, y antes de la contabilización del Impuesto sobre Sociedades, tendremos que hacer las operaciones propias del cierre del ejercicio.
En primer lugar, hay que recordar que deberemos tener preparados los libros de contabilidad obligatorios.
Libros obligatorios que según el artículo 25 del Código de Comercio Co.Co son:
- Libro de Inventarios y Cuentas Anuales y
- Libro Diario.
Además, para las sociedades mercantiles el libro de Actas y libro Registro socios (artículo 26 del Co.Co).
Las consecuencias que pueden derivarse de no tener los libros actualizado son, entre otras que, en caso de concurso, éste se califique como culpable, con la responsabilidad correspondiente de los administradores de la sociedad. Asi, los administradores tienen, en todo momento, la responsabilidad de la formulación y del contenido de las Cuentas Anuales.
Las Cuentas Anuales están formadas por:
- El balance.
- La Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
- La Memoria.
- El Estado de Cambios en el Patrimonio Neto
- Estado de Flujos de Efectivo.
El Estado de Flujos de Efectivo y el Estado de Cambios en el Patrimonio neto, no es obligatorio para las sociedades que puedan presentar el Balance y Memoria de forma abreviada, ni para las sociedades que puedan aplicar el PGC Pymes.
Modelos de cuentas exigibles:
Si bien, como venimos mencionando, según el tamaño de la empresa existen unos modelos de cuentas exigibles:
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Modelo Pymes, microempresa
(se dejará de aplicar el modelo si durante dos ejercicios consecutivos la empresa no cumple con al menos dos de las tres circunstancias siguientes): con un total de activo inferior a 1 millón, importe neto de cifra de negocio inferior a 2 millones y con un promedio inferior a 10 de trabajadores. Deberá presentas una documentación consistente en las Cuentas de pérdidas y ganancias, ECPN, y Memoria
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Modelo Pymes, el resto de Pymes que no se incluyen en el anterior apartado
(se dejará de aplicar el modelo si durante dos ejercicios consecutivos la empresa no cumple con al menos dos de las tres circunstancias siguientes): con un total de activo inferior a 2.850.000, importe neto de cifra de negocio inferior a 5.700.000 y con un promedio inferior a 50 de trabajadores. Deberá presentas una documentación consistente en las Cuentas de pérdidas y ganancias, ECPN, y Memoria
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Modelo abreviado
(se dejará de aplicar el modelo si durante dos ejercicios consecutivos la empresa no cumple con al menos dos de las tres circunstancias siguientes): con un total de activo inferior a 4.000.000, importe neto de cifra de negocio inferior a 8.000.000 y con un promedio inferior a 50 de trabajadores. Deberá presentas una documentación consistente en las Balance y ECPN. Además, estarán obligadas auditar sus cuentas junto a otros supuestos según actividad económica.
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Modelo abreviado (II)
(se dejará de aplicar el modelo si durante dos ejercicios consecutivos la empresa no cumple con al menos dos de las tres circunstancias siguientes): con un total de activo inferior a 11.400.000, importe neto de cifra de negocio inferior a 22.800.000 y con un promedio inferior a 250 de trabajadores. Deberá presentas una documentación consistente en las Cuentas de pérdidas y ganancias. Además, estarán obligadas auditar sus cuentas junto a otros supuestos según actividad económica.
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Modelo normal
(para el resto de empresas que superen las circunstancias anteriores): las Cuentas de pérdidas y ganancias, Balance, ECPN, Memoria y Estado de flujos de efectivo. Además, estarán obligadas auditar sus cuentas junto a otros supuestos según actividad económica.
Por lo tanto, el cierre contable además de ser una herramienta vital en la buena gestión anual de una empresa, sea cual sea su tamaño, ya que nos muestra los datos esenciales para analizar cómo marcha nuestra empresa; también es la herramienta fundamental para poder estar al día fiscalmente con las administraciones públicas.