Algunas personas, dependiendo del país en el que se encuentren y de las condiciones de económicas de su familia, se ven obligadas a trabajar a muy temprana edad. Continúan haciéndolo durante toda su vida y, sin darse cuenta, el tiempo ha pasado y no han hecho nada extraordinario con su vida. Simplemente, han vivido para trabajar.
Por supuesto, como es de esperarse, luego de haber trabajado toda una vida, lo que más se quiere es que, cuando llegue la vejez o los años de retiro laboral, poder contar con lo necesario para tener estabilidad financiera y tranquilidad. No obstante, a veces la realidad difiere mucho de lo que había planteado.
Puede que, por una u otra razón te hayas quedado sin empleo antes de lograr jubilarte y, por lo tanto, te vieras en la necesidad de solicitar un subsidio. Países como España disponen de estas ayudas para sus ciudadanos. Sin embargo, debes reunir ciertos requisitos reglamentarios. Además, puesto que se trata de una ayuda, tiene sus limitaciones. Es decir, no se recibirá de forma indefinida. Tiene un tiempo de caducidad. ¿Qué hacer en ese caso?
Antes de caer en la desesperación, es importante que revises cuáles son todas las opciones que están a tu alcance y cómo puedes hacer para tener acceso a ellas. Por ejemplo, en caso de que cuentes con más de 52 años de edad y ya hayas agotado las prestaciones por desempleo, está la opción de realizar la solicitud para el subsidio para mayores de 52 años. Pero, ¿cómo puedes solicitarlo?
En este breve artículo encontrarás todo lo necesario para que disfrutes de este beneficio lo más pronto posible. El propósito es ayudarte a superar este bache financiero en el que te encuentras en este momento. Veamos paso a paso lo que tienes que hacer.
¿Qué es?
Como ya lo habíamos mencionado anteriormente, es una ayuda monetaria que fue aprobada el 13 de marzo de 2019. Consta de 430 euros al mes para aquellas personas que hayan agotado las prestaciones por desempleo y que aún siguen sin encontrar un trabajo. Es decir, permanecen en la condición de desempleados de larga duración.
Esta medida dispuesta por el SEPE, se puso en marcha con la finalidad de sustituir el subsidio anterior para personas mayores de 55 años. Pero, ¿en qué se diferencia del programa anterior? ¿Cuáles son las nuevas ventajas que ofrece?
Ventajas sobre el subsidio anterior
- La edad mínima: en el pasado, solo podían disfrutar de este beneficio las personas que sobrepasaban por 55 años. Sin embargo, con esta nueva medida, basta con que tengas 52 años de edad.
- Su duración: esta ayuda se extiende hasta que la persona que lo percibe cumpla la edad legal de jubilación, en caso de que continúe sin trabajo. Anteriormente, la ley establecía que la persona debía renunciar al subsidio a penas pudiera tener acceso a cualquier modalidad de la jubilación. Es decir, debía jubilarse de forma anticipada.
- El cobro del subsidio: aquellas personas que habían trabajado parcialmente, solo tenían derecho de cobrar una parte de esta prestación. No obstante, el nuevo estatuto brinda la posibilidad de cobrar el monto total de la prestación, lo que equivale a 430,27 euros al mes.
- Rentas: ya no se toma en cuenta si la persona posee rentas de unidad familiar para poder tener acceso al subsidio.
- La base mínima de cotización: esta se incrementa hasta el 125%. De hecho, es el único que se puede usar para cotizar para la jubilación.
Requisitos
- Tener como mínimo 52 años de edad.
- Inscribirte como demandante de empleo por lo menos un mes después de haber agotado la última de las prestaciones por desempleo.
- Haber agotado todas las prestaciones por desempleo, sin excepción.
- Cumplir con todos los requisitos que se exigen para realizar la solicitud de la pensión de jubilación en la Seguridad Social.
- No haber rechazado ninguna oferta de empleo planteada por el SEPE o por las oficinas de empleo autonómicas.
- No contar con una renta que supere el 75% del SMI. En este caso no se incluyen las pagas extraordinarias.
Además de estos requisitos, es importante que te encuentres en una de estas circunstancias que te mencionaremos a continuación:
- Haber terminado la prestación contributiva o el subsidio.
- Tener el derecho de recibir un subsidio por desempleo.
- No poder contar con el cobro del paro luego de haber salido de prisión, en caso de que la condena haya sido superior a los 6 meses.
- En caso de ser emigrante retornado, no tener acceso a la prestación contributiva por desempleo. También debes tener 12 meses de cotización fuera de España y de los países que pertenecen a la Unión Europea.
- Haber cotizado, por lo menos, 3 meses.
- Estar certificado con invalidez para realizar tu profesión habitual.
Documentación
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o de la tarjeta de residente.
- La hoja de solicitud del subsidio por desempleo.
- Un justificante de rentas. En ocasiones esto es opcional.
- Un documento bancario en donde se pueda ver el número de cuenta bancaria.
- Contar con un aval que atestigüe que no cuentas con una fuente de ingresos que supere los 675 euros mensuales.
Información relevante
Como ya lo hemos mencionado anteriormente, la duración de este beneficio se prolonga hasta que la persona cumpla con la edad legal para tener acceso a la pensión por jubilación, en cualquiera de sus modalidades, lo que incluye la jubilación anticipada.
Sin embargo, en este caso específico implica una reducción de la misma por la aplicación de los parámetros reductores correspondientes.
Puedes realizar la solicitud de este subsidio desde el mismo momento en que cuentes con 52 años de edad oficialmente. Existen dos formas en las que puedes presentarla. La primera de ella es electrónicamente a través de la página web del SEPE. También lo puedes hacer de manera presencial, tras haber hecho la solicitud de una cita previa.
Luego de presentarla, recibirás respuesta, por parte de este organismo, al menos unos 15 días después. No obstante, esto puede variar dependiendo de la cantidad de solicitudes recibidas.