Modelo 303 del IVA trimestral
Antes de empezar, hemos de saber de qué se trata el IVA. Estas siglas corresponden a un Impuesto sobre Valor Añadido, que es el impuesto indirecto encargado de gravar el consumo. Cuando adquirimos un servicio o bien, el IVA forma parte del precio final. No debemos confundir con el IRPF, que se trata del impuesto directo. Nuestro IVA es el impuesto indirecto y no es vinculable a toda persona de manera concreta. Quiere decir que cualquier circunstancia familiar y personal no determina el IVA o su importe. Dicho impuesto es el mismo para cualquier consumidor si adquiere un servicio o producto igual que otra persona. Esta definición era necesaria, ya que en este artículo hablaremos de qué es el modelo 303 de IVA trimestral.
Actualmente, nos podemos encontrar con varios tipos del IVA. Es conveniente hacer un pequeño repaso, explicando de manera general esos distintos impuestos que hay.
- Tipo superreducido. Es de un 4% aplicado a productos de primera necesidad. La leche, verduras, cereales, pan, huevos, periódicos, frutas, libros, etc. Otros productos a los que se aplica este IVA son las hortalizas, libros, revistas no publicitarias, protesís, medicamentos, silla de ruedas entre otros.
- Tipo reducido. De un 10% aplicado a todo alimento en general que no se aplique el IVA anterior, servicios hostelero, lentillas y gafas, equipajes transporte de los viajeros o viviendas. Hace años, experimentamos una pequeña subida de este IVA, al estar al 8% y pasar al actual 10%.
- Tipo general. De un 21% aplicado a la mayoría de servicios y productos. La última vez que se varió, se incluyeron más servicios y productos en este tipo. El gimnasio, teatro y cine, material escolar, peluquería, hostelería o veterinario entre otros. Fue una forma indirecta de subir impuestos sin cambiar el porcentaje, al subir muchos productos y servicios.
IVA trimestral. Modelo 303
Este modelo del IVA trimestral lo ha de presentar cualquier persona en la que su actividad desarrollada se encuentre sujete al IVA. No importa si es una asociación, sociedad, cooperativa, autónomo, sociedad civil, etc. Ha de presentar este modelo en los plazos establecidos. En ese período de tiempo habilitado se divide en cuatro ocasiones dentro del año natural. Como su propio nombre indica, este impuesto se presenta trimestralmente, mediante su modelo 303.
– Declarar el IVA del primer trimestre. Todas las facturas existentes del mes de enero al mes de marzo. Estas se han de declarar durante el mes de abril, del día 1 al 20.
– Declarar el IVA del segundo trimestre. Las facturas que se hayan realizado desde el mes de abril al mes de junio. Presentaremos este modelo en el mes de julio, entre el primer día y el 20.
– Declarar el IVA del tercer trimestre. Período correspondiente a las facturas con fecha del mes de julio hasta septiembre. Como plazo, lo haremos durante el mes de octubre, desde el primer día hasta el 20.
– Declarar el IVA en el último trimestre. Toda factura realizada desde el mes de octubre hasta el mes de diciembre. En este caso, se presenta al año siguiente y tenemos el mes de enero, del primer día hasta el 30, para realizar este trámite.
Partes del IVA
Dicho IVA está compuesto por tres partes.
- La base imponible. Representa el importe total correspondiente a la contraprestación de esa operación sujeta a dicho impuesto.
- El tipo impositivo. Es uno de los tres porcentajes de IVA que se aplica a dicha contraprestación. Dependiendo del tipo de producto o servicio del que se trate, será del 4%, 10% o 21%.
- Cuota del IVA. El resultante tras aplicar a esa base imponible dicho tipo impositivo.
Otra opción es la de presentarlo cada mes. Solamente estará disponible si hemos solicitado una devolución del IVA mensual. Dicha solicitud se hará en noviembre, mediante nuestro modelo 037, en el ejercicio anterior. Con este paso, asumimos la obligación de presentar cada mes el modelo 340. Se trata de la declaración para informar del contenido perteneciente al libro del registro del IVA. Para realizar este trámite correcto, tal y como hemos explicado, es necesario saber qué es el IVA.
Exención de IVA trimestral y actividades
Es recomendable saber si nuestra actividad puede estar exenta del IVA. En España, existen ciertos servicios o profesiones exentas, entre las que podemos ver:
- Prestación de un servicio como asistente social; a tercera edad, minoría étnica, asilados, refugiados, educación especial o personas con cierta minusvalía, entre otras.
- Clases particulares y enseñanza.
- Cualquier actividad relacionado con seguros.
- Lotería, juegos y apuestas creadas por la ONCE, Apuestas del Estado o nuestra Sociedad Estatal de Loterías.
- Entregar efectos timbrados o sellos correspondientes a correos en su curso legal.
- Servicio de asistencia sanitaria u hospitalización.
Otro aspecto importante a conocer en lo que al IVA respecta, es la siguiente información básica necesaria para su completo entendimiento.
– IVA soportado o deducible. Corresponde al porcentaje del IVA que nuestros proveedores añaden a dicho valor de ese servicio o bien que compramos. Para obtener el precio total de dicha factura y pagar ese importe al proveedor, se suma el valor que tiene el servicio o el bien y ese porcentaje.
– IVA repercutido o devengado. Porcentaje del IVA que sumamos como empresario o autónomo en la factura a ese valor del servicio o producto que estamos comercializando. Para ello, se suma ese porcentaje al precio de dicho servicio o bien que estamos vendiendo. De esta manera, el reusltado será el importe total que hemos de cobrar a nuestro cliente.
Durante nuestro ejercicio como trabajador autónomo o desarrollando una actividad profesional, hemos de saber cuáles son los impuestos y obligaciones de los autónomos. Los conceptos previamente explicados nos posicionarán mejor a la hora de realizar dichos trámites.
Presentación del modelo 303.
En la declaración de nuestro IVA trimestral se incluye todo IVA que se ha repercutido en ventas y el IVA que se ha soportado en las compras de dicho trimestre. Básicamente estamos restando los dos tipos de IVA.
En los casos que no seamos el último consumidor, Hacienda nos devuelve una parte de esos costes que están relacionados con adquisiciones concretas que han sido necesarias para desarrollar nuestra actividad. Con el objetivo de lograr esta pequeña devolución, añadiremos en nuestro modelo del IVA trimestral cualquier gasto que podamos deducir y que su pago se pueda demostrar con una factura (no son válidos albaranes o tickets). Esta información se incluye en la sección del IVA deducible.
Cuando queremos deducir gastos originados por nuestro negocio, se ha de distinguir esa adquisición de un bien corriente. Por una parte son de los que el negocio se nutre para su desarrollo y por otra parte los bienes de activos o inversión. Otro factor a considerar es si dicha compra ha sido realizada en nuestro territorio nacional, si es importada desde un país que no pertenece a nuestra Unión Europea o si se trata de una compra intracomunitaria.
Modelo 303 y errores comunes
Puede que, aunque pongamos toda la atención del mundo, en un modelo como este podamos equivocarnos. No debería ser lo normal, pero se entiende que al dar muchas cifras y rellenar varias secciones, hay una probabilidad de error. Es imposible descartar de la ecuación al factor humano, ya que un número de más puesto supone un error y es fácil de cometer. Para ello, sabiendo de su dificultado, recomendamos repasar el documento entero. La mejor opción es que tener un asesor que se encargue de estos trámites, ya que la persona que mejor conoce su procedimiento.
Cometer un error en alguno de los modelos puede ser inevitable, aquí hablaremos de los fallos que te pueden llevar a hacer mal esta declaración del IVA trimestral.
- En el apartado de información, bastante gente se equivoca cuando escribe su DNI o CIF.
- Otro error es elegir un régimen fiscal que no nos corresponde.
- Hemos de estar atento, ya que muchas veces no incluimos en este modelo toda operación intracomunitaria o el resultado de anteriores ejercicios.
- Entre los distintos tipos impositivos de servicios y bienes, puede que no pongamos el que corresponde. Este sí es un error grave.
- Sin embargo, existen errores que sí son mucho más graves, como presentarlo una vez haya pasado el plazo. También no haber contabilizado el IVA correspondiente al negocio. Este tipo de fallos sí tienen peores consecuencias.
Consejos
Sabiendo la dificultad que ya tiene llevar un negocio y conseguir cierta facturación para obtener beneficios, es demasiado gestionarlo también. Por eso, desde aquí, siempre recomendamos contar con la ayuda de un asesor. En el caso de que nuestra economía sea complicada o nos quite mucho tiempo, es la mejor opción. Para cumplir con nuestra responsabilidad financiera, no basta con la intención. Tenemos el deber de cumplir con la legislación vigente y para ello se requiere unos conocimientos concretos. Entre la opción de informarse y estudiar o dejarlo en manos de un profesional, la segunda se antoja como más favorable.
Es un error muy común el no acudir a un asesor por ahorrarse una cantidad mínima de dinero al mes, cuando nos estamos arriesgando a pagar mucho más si no tributamos correctamente. Como extra, esta persona nos puede encontrar la mejor opción para que cumplamos con Hacienda y paguemos lo mínimo o recuperemos, en el caso de que sea posible.