Modelo 131 de IRPF – ¿Qué es el modelo 131 de IRPF?

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¿Eres autónomo o tienes una empresa y necesitas saber información de distintos documentos tributarios que has de presentar en plazo? ¿Tienes dudas sobre qué pasos has de dar en los trámites que requieren rellenar un documento oficial para presentar impuestos? En este artículo hablaremos exactamente de qué es el modelo 131 de IRPF (Impuesto Renta de Personas Físicas) y de plazos. Este modelo 131, se trata del pago cada tres meses para ciertas personas o figuras que desarrollan cualquier actividad económica. Los beneficios están determinados por Módulos o Estimación Objetiva. También es importante saber cómo rellenar el modelo 130 de IRPF y saber cuáles son los impuestos y obligaciones de los autónomos.

El autónomo tiene el deber de tributar mediante dos maneras distintas en cuanto al régimen de IRPF. Una de ellas es la estimación simplificada o directa normal. Al aplicar esta retención por el IRPF, se comprometen a declarar con un modelo 130 en cada trimestre correspondiente al año. El otro tipo es estimación objetiva, al que nos podemos referir también como el sistema de los módulos. Al tributar con este módulo, se contrae el mismo compromiso, pero en este caso será el modelo 131 el que han de presentar cada tres meses.

En este modelo 131, se tiene en cuenta el IRPF aplicado en cada factura a lo largo de ese trimestre, para hacer su correspondiente pago en fracciones. Si utilizamos un programa de contabilidad para facturar, únicamente extraeremos esa información de dichas retenciones que se han aplicado en las facturas y los gastos en el trimestre. Se podrán calcular el importe de esos pagos de la siguiente manera:
Un 4% corresponde al aplicable rendimiento neto en cuanto a norma general.
Un 3% para el empresario autónomo que cuente con solamente un asalariado.
Un 2% si no se dispone de personal como asalariados y cualquier actividad agrícola.

modelo 131

El modelo 131 de IRPF

El trabajador profesional, socio de alguna sociedad civil, autónomo o comunidad de bienes tienen la obligación de presentar este modelo. Mediante este documento se comunican los beneficios de dicha actividad económica y se tributa el IRPF. Los contribuyentes anteriormente nombrados deben hacer un pago de manera trimestral.
En lo que a una comunidad de bienes y a una sociedad civil respecta, este pago trimestral y su declaración al término del año por el rendimiento obtenido, se hará teniendo en cuenta la proporción en cuanto a participación de ese beneficio perteneciente a dicha entidad (el régimen de la atribución de las rentas).

Este modelo, en concreto, tiene unos plazos para cumplir. Son cuatro pagos que se hacen cada trimestre del año y se reparten de la siguiente manera:
– La primera declaración. En este trimestre, el primero del año, tenemos de plazo hasta el día 20 de abril. Pudiéndolo presentar a partir del 1 del mismo mes, ambos días incluidos.
– La segunda declaración. En el segundo trimestre, tenemos como plazo el mes de julio. Debemos hacer este trámite a partir del día 1 hasta el 20 de este mes, ambos días incluidos.
– La tercera declaración. Correspondiente al tercer trimestre del año, se hace durante el mes de octubre. Como los otros dos plazos, contamos desde el día 1 hasta el 20 del mismo mes. Ambos días incluidos.
– Última declaración. Una vez terminado el año, corresponde presentar el modelo correspondiente al cuarto y último trimestre. Tenemos como plazo el mes de enero, empezando el día 1 hasta el 30, ambos días incluidos.

Un factor importante, para saber si estamos en plazo o no, es contar con que el día final no coincida con festivos, sábados o domingos. En este caso, ese día tope pasará a ser el siguiente hábil. Es importante tener en cuenta esto para cumplir con nuestra responsabilidad financiera.

Presentación del modelo 131

Este modelo 131 puede presentare ya sea en persona o de manera telemática. Esta última opción la tenemos disponible en la página web oficial de nuestra Agencia Tributaria. En su sede electrónica vamos a tener acceso a dicho documento, mediante nuestro certificado electrónico para identificarnos. Necesitaremos nuestro NIF con la correspondiente cl@ve PIN. A continuación, explicaremos las distintas partes que forman este documento.

– El declarante. Disponiendo de una etiqueta de identificación otorgada por nuestra Agencia Estatal de la Administración Tributaria, podremos pegarla en su espacio marcado, en todas las hojas. En el caso de que no dispongamos de estas etiquetas, rellenaremos los datos que nos piden.
– El devengo. Esta sección dispone de cuatro apartados.

  • En el primero, el ejercicio, se anota el año sobre el que estamos declarando, utilizando sus cuatro cifras.
  • El período es el apartado en el que elegiremos el número de esta declaración. Si se hace referencia al primer trimestre, pondremos un 1. Si se da el caso de que sea el segundo trimestre, el número 2 y así sucesivamente.
  • En la liquidación se hace referencia a la actividad económica, diferente a la ganadera, forestal o agrícola, por la que su estimación es objetiva.

En la primera parte del modelo 131 se especifica nuestro epígrafe correspondiente al IEA (Impuesto de Actividad Ecónomica) para la actividad económica que se está ejerciendo.
Respecto al rendimiento neto correspondiente a la actividad en relación al pago fraccionado. En sus casillas queda registrado cualquier rendimiento neto por cada actividad económica desarrollada. Dicho cálculo se hace mediante la aplicación de cada modulo de las actividades, teniendo en cuenta los datos.

Es trascendental saber todas y cada una de las secciones de este documento, o por lo menos las que nos corresponden. Con el fin de dar una información correcta, nos informaremos en el caso de que tengamos alguna duda.

Más secciones del modelo 131

En el inicio de la actividad, la base y los datos son los que están desde el primer día. Si cualquier base o dato no se puede determinar a día 1 del mes de enero, se tendrá en cuenta el del año pasado. En el caso de que tampoco hubiera posibilidad de establecer ningún base-dato, el correspondiente pago fraccionado será del 2, respecto al 100 de su volumen de las ventas o los ingresos de ese trimestre.
El porcentaje aplicable. Es el porcentaje que se puede aplicar en relación con cada actividad que se ha declarado aquí, con el fin de identificar su pago fraccionado. Dependerá de las personas asalariadas en esa fecha, siendo los porcentajes:
Un 2% si no hay ninguna persona.
Un 3% en el caso de que hubiera una persona.
un 4% si contamos con dos personas o más.

En esta segunda casilla se anotarán la cantidad total del resultado perteneciente a toda actividad que se ha declarado en el apartado. La actividad económica con una estimación objetiva diferente a la ganadera, forestal o agrícola. No hay posibilidad para establecer ningún base-dato en lo que al pago en fracciones se corresponde.

En la casilla número tres se anota su volumen de las ventas o los ingresos del mismo trimestre. Se incluirá cualquier subvención corriente y se excluye la subvención del capital y de cualquier indemnización.
Respecto a la casilla número cuatro se establece el importe al que se aplica ese 2% de la cantidad que se ha escrito en la anterior casilla.
En la casilla número cinco corresponde con el volumen de los ingresos de ese trimestre en cuestión, en el cual se paga de manera fraccionada.
La sexta casilla podemos ver el resultado después de aplicarle el 2% a la cantidad comunicada en la anterior casilla. Si eres un joven agricultor o eres asalariado agrario, podrás reducir esa cantidad un 25%, cumpliendo con varios requisitos exigidos.

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Últimas secciones

Si tenemos como resultado una cantidad positiva quiere decir que tenemos la obligación de pagar. El paso que tenemos que dar es poner el importe en la casilla de ingreso, marcando la correspondiente casilla para realizar el abono. En el caso de que elijamos hacerlo por el adeudo en una cuenta, hemos de completar la información de esa cuenta.

Si ese importe resulta negativo, tendremos derecho a una devolución. En el caso de que este importe negativo se de en uno de los primeros tres trimestres, se marcará el correspondiente. Esa cantidad se deducirá en los próximos pagos fraccionados en ese año. Sin embargo, cuando tengamos la casilla número 15 negativa y corresponda al último trimestre, no cumplimentaremos el apartado. En cambio, lo haremos en el sexto, ‘Negativa’.

Si nuestra declaración se trata de una complementaria, marcaremos la sección séptima. Al mismo tiempo, se anota el número de identificación formado por 13 dígitos. Si antes, y en más de una ocasión, se ha presentado la declaración, constará el último número de identificación.
Por último, en este último apartado queda la firma. Cuando hemos completado el modelo 131 con los datos y la información necesaria, se firmará. Dicha autorización o conformidad podrá ser expedida tanto por el mismo contribuyente o por el representante.

En el caso de que hubiese alguna duda o inseguridad en el proceso, es conveniente realizar este trámite con un margen de tiempo eficaz. Además, tenemos la opción de contar con los servicios profesionales de un asesor de manera puntual. Si ya tenemos contratada a esta persona, directamente le podemos delegar esta tarea para asegurar un buen resultado. Esta es la mejor opción y la más recomendable, ya que nos evita de dolores de cabeza totalmente innecesarios.

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