Cómo hacer un contrato de Aprendizaje – Ejemplos

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Al igual que en otros artículos hemos visto como hacer un contrato de adhesión o como hacer un contrato de seguros, en este artículo vamos a ver como funcionan los contratos de aprendizaje. Si has decidido hacer un contrato de aprendizaje deberás conocer una serie de características principales así como cumplir una serie de condiciones y requisitos. Pero no te preocupes, si sigues leyendo aprenderás todo lo necesario que debes saber para hacer un contrato de aprendizaje. También encontrarás un modelo gratuito que podrás descargar de manera gratuita.

Recuerda que puedes acceder al resto de documentos legales para saber como hacerlos pulsando aquí.

contrato de aprendizaje, formacion, ¿Que es un Contrato de Aprendizaje?

El contrato de formación y aprendizaje es aquel documento que sirve para favorecer la inserción laboral de las personas jóvenes. Con este tipo de contratos la persona contratada alterna períodos de actividad laboral y períodos de formación a través del sistema educativo o sistema de formación profesional.

Si vives en España seguro conocerás la dificultad que tienen la gran mayoría de los jóvenes para acceder al mercado laboral y poder conseguir un empleo. Aunque esto no solo ocurre en España, si no en la gran mayoría de los países desarrollados. Si lo sumamos a las épocas de crisis, este problema acaba resultando de gran importancia. Es por eso que ya en a comienzos del siglo XX surgió este tipo de contratos. Aunque hasta 1976 no se consideró a las personas contratadas como trabajadores, por lo que no fue hasta entonces cuando se consideró obligatorio remunerar este tipo de contratos. En el año 1998 se formalizó el contrato de aprendizaje que conocemos y desde el año 2012 el contrato se renovó bajo el Real Decreto 3/2012 para promover e incentivar la contratación de menores de 30 años. 

El contrato de formación y aprendizaje busca beneficiar tanto a las empresas como a los trabajadores contratados bajo esta modalidad. Los jóvenes contratados tienen la oportunidad de aprender un nuevo oficio y conseguir también una retribución económica. Y las empresas también obtienen ventajas económicas y demás bonificaciones por parte de la Seguridad Social. También contarán con una persona joven totalmente motivada a cumplir las expectativas del puesto. Por último el país sale también beneficiado… Por eso, si estas pensando en hacer un contrato de este tipo, no dudes en hacerlo.

Requisitos

Antes que nada, si quieres hacer un contrato de aprendizaje, debes comprobar que los posibles trabajadores y trabajadoras reúnan una serie de requisitos:

  • La persona contratada debe tener mas de 16 años y menos de 30 años. Quedan exentas de cumplir la edad requerida las personas con una discapacidad superior al 33%. Así como las personas en riesgo de exclusión social y las personas que participen en proyectos de empleo.
  • Debe de estar inscrito como demandante de empleo.
  • Por último, el trabajador no puede tener ninguna cualificación relacionada con el puesto. Tampoco podrá beneficiarse si el trabajador ha trabajado con anterioridad en la misma empresa por un periodo de 12 meses.
  • Importante decir, que por parte de la empresa no podrá tener ninguna deuda con Hacienda o sanción para poder beneficiarse del contrato.Además de comprometerse a cumplir el contrato y las obligaciones por parte de empresa.

Duración

La duración mínima del contrato deberá de ser de mínimo 1 año y una máxima de 3 años. Sin embargo, podrá establecerse periodos mas cortos a través de los convenios colectivos, adaptándose a las necesidades de la empresa. Estos periodos no podrán durar menos de 6 meses. En caso de contratarse un periodo inferior al máximo legal, podrá prorrogarse hasta dos veces siendo los periodos de mínimo 6 meses, y sin que en ningún caso se pase de los 3 años. En el caso de contratar personas discapacitadas el contrato podrá extenderse hasta 4 años. Es importante señalar, que una vez pasado el periodo máximo de contrato de aprendizaje, este se prorrogaría como un contrato indefinido.

Jornada, Descansos y Salario

Las jornadas debe ser completa con un máximo de 8 horas diarias, y no podrán superar las 40 horas semanales, sumando tanto las horas de actividad laboral como las horas de formación. El tiempo dedicado al trabajo no podrá superar el 75% frente a la formación. En el segundo y tercer año puede incrementare hasta un 85%.

Los trabajadores tampoco podrán hacer horas extraordinarias, excepto para prevenir y reparar daños extraordinarios y urgentes. No podrán realizar turnos nocturnos, es decir, entre las diez y las seis de la mañana. Tampoco a turnos. Deben tener un descanso de 12 horas entre jornada y jornada. Los trabajadores de menos de 18 años deben tener un descanso ininterrumpido de un día y medio. Por último, no puede pasar menos de 1 hora ni más de 4 entre el fin de jornada laboral y la formación. El salario se calculará en función de la jornada laboral y en ningún caso podrá ser inferior al SMI. El Salario Mínimo Interprofesional en 2018 es de 735,9 euros/mes.

Ventajas para la empresa al realizar un contrato de aprendizaje

El contrato de formación y aprendizaje es el contrato que más ventajas aporta a la empresa actualmente y es que las bonificaciones que podemos conseguir gracias a este contrato de transporte son bastante considerables. Veamos…

Como empresa obtendrás una reducción de los seguros sociales del 100%. Las empresas que tengan más de 250 trabajadores obtendrán una reducción del 75%. Además obtendrán bonificaciones para la financiación de la formación. Por otra parte, este contrato requiere de un tutor de empresa que vele por que el trabajador aprende en las jornadas laborales.También deberá comunicarlo al centro de estudios a través de informes a final de la jornada. Por ello se bonificará también a la empresa con una cuantía de 60€ a 80€.

La empresa recibirá el bono de empleo joven. La cuantía actual es de 4800€ anuales, repartidos en 12 mensualidades de 400€ para ayudar a la actividad profesional. Si la empresa decide realizar un contrato indefinido antes o al finalizar el contrato de aprendizaje, obtendrá un descuento en los seguros sociales de 1500€ anuales durante los tres primeros años. En el caso de que el trabajador sea mujer 1800€.

Ventajas para el trabajador

Lo más importante, es que encontrará facilidades para incorporarse al mercado laboral, ya sea con la empresa contratada, o buscando nuevas salidas luego, ya que contará con una formación acreditable una vez finalizado el período de formación y una experiencia laboral en el puesto. Contara con todas las coberturas de la seguridad social y cotizará a jornada completa. Tendrá derecho a la prestación por desempleo una vez finalizado el contrato.

¿Como formalizar un contrato de aprendizaje?

Antes de nada, tendrás que solicitar la autorización a la formación del contrato, podrás realizarlo a través de la plataforma SEPE. Tendrás que esperar hasta un mes para recibir la respuesta notificando la autorización. En el caso de no recibir respuesta se entenderá como positiva, y podrás pasar a rellenar el contrato.

Para hacer el contrato de aprendizaje, lo único que debes hacer es rellenar el contrato de formación y aprendizaje que puedes descargar de manera gratuita en la pagina oficial de SEPE. Podrás rellenarlo directamente desde la web con los datos de la empresa, lugar de trabajo y los datos del trabajador. También podrás seleccionar y perfeccionar las distintas clausulas y anexos del contrato.

Finalización y presunciones

Una vez finalizado el contrato, el empresario deberá notificarlo en un plazo máximo de diez días hábiles. En el caso de no hacerlo el contrato se entenderá como prorrogado pasando a contrato por tiempo indefinido. Así mismo también pasarán a ser fijos, los trabajadores que no hubieran sido dado de alta en la Seguridad Social al finalizar el período de prueba.

¿Como tramitar las prórrogas de contrato de aprendizaje?

Si ha pasado el contrato de aprendizaje y has decidido renovarlo, te revelamos que debes hacer. Lo primero que debes saber es que para renovar un contrato de aprendizaje y formación deberás de hacerlo un mes antes de la finalización del mismo. Como máximo se podrán solicitar dos prórrogas de un periodo mínimo de seis meses. En ningún caso podrá exceder los 3 años máximos.

Las prórrogas se realizarán siempre para la misma ocupación. En el caso de que el trabajador contratado haya sido contratado por otra empresa anteriormente, deberá realizar de nuevo la tramitación como un nuevo contrato. Y nunca podrá exceder los 3 años aunque haya sido contratado en otra empresa.

 

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