Capital emitido – ¿Qué es el capital emitido?

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Cuando nos referimos a un capital emitido, estamos hablando de esas participaciones sociales o acciones pertenecientes a la sociedad mercantil que las ofrece por venta pública. También, dependiendo de circunstancias, si sus accionistas tienen derechos para adquirir de manera preferente. Cuando las participaciones sociales o acciones se adquieren, pasan a ser capital que está suscrito y los que adquieren abonan la cantidad pertinente a dicha suscripción. En estos casos se habla de capital desembolsado y suscrito. A lo largo de este artículo hablaremos de qué es el capital emitido precisamente y de todo lo que has de saber sobre él.

En una mayor parte de situaciones, este capital cuenta con cierto destino al inicio de la concepción. Si algunas personas crean la sociedad mercantil y llegan a la conclusión, desde un comienzo, de la manera en que se distribuye ese capital, está calificado como suscrito. No obstante, nos encontramos situaciones en las que las acciones se emiten y se ofrecen al público de manera directa o dando prioridad primero al derecho de adquirir de forma preferente de socios. Otra opción es ofrecerle solamente a esos socios. En cualquier caso, nos encontramos ante un capital emitido. Para que pase a ser suscrito, se puede necesitar un tiempo determinado realmente significante.

Cuando hablamos de conceptos económicos, seguramente nos haga falta unos conocimientos específicos para tomar las decisiones adecuadas. Hay ciertas nociones básicas como saber qué es el activo y el pasivo en contabilidad para cumplir con nuestra responsabilidad financiera. Existen aspectos determinantes a la hora de llevar una economía, ya sea personal o profesional, que hemos de saber controlar. La gestión es un campo muy importante para cuidar nuestro dinero y encontrarle el mejor uso para que sea efectivo.  También puede que nos interese saber qué es el Impuesto sobre Sociedades.

capital emitido

Capital emitido

Las situaciones anteriormente explicadas ocurren en dos escenarios, que es una fundación sucesiva correspondiente a la Sociedad Anónima y en el otro supuesto cunado se aumenta el capital social.

Sociedad Anónima y la fundación sucesiva. Previa concesión de la escritura para constituir la sociedad, comienzan a buscar personas para invertir y que adquieran esas acciones mediante público por medio de la publicidad o por servicios financieros para la intermediación. Para lograr este objetivo, el promotor ha de realizar una publicación del programa relativo a la fundación y se anunciará para los potenciales compradores. En cuanto al contenido del programa es decisión del promotor, con algunas pautas obligatorias como:

  • Texto literalmente redactado como viene en estatutos sociales.
  • Datos de contacto y personales del promotor.
  • Entidades financieras, el plazo y condiciones en las que se registran esas acciones y concretar si el promotor tiene la posibilidad de aumentar el plazo.
  • Si es factible, teniendo en cuenta el resultado relativo a las acciones y su venta, constituir una sociedad con capital suscrito o reducirlo, independientemente si sea inferior o superior que el previsto en el inicio.
  • En qué Registro Mercantil se encuentran depositados en ese programa para fundación y su folleto de información.
  • Cuando se realicen aportaciones para capital que no sean dinerarias se han de explicar el motivo y su funcionamiento. También la manera en la que se valoran a través de la memoria que explica y su informe técnico.

El programa publicado se deposita en la  CNMV (Comisión Nacional para el Mercado de los Valores) a la vez que el informe técnico que concierne a su viabilidad correspondiente a esa sociedad y sus necesarios documentos. Además, se adjuntará el folleto informativo.

Capital social aumentado

Cuando se aumenta un capital social, es posible que se consiga mediante la creación de las participaciones sociales, acciones nuevas o de las existentes, subiendo su valor. En este apartado, nos incumbe la creación de las acciones nuevas, al estar el capital emitido nuevo. Otra manera de conseguir el aumento del capital es consiguiendo más dinero o especies mediante aportaciones. Otra posibilidad es agrandando el capital con un cargo a las reservas o beneficios. Este aumento lo vamos a poder llevar a cabo con una prima para emisión.

Cuando aumentamos un capital mediante la emisión de participaciones sociales o acciones nuevas, todo socio cuenta con el derecho de adquisición para esas nuevas. Este derecho está supeditado a la proporción del porcentaje que cuentan dependiendo de su capital. Una vez que termine el plazo para que ejerzan su opción preferente, la S.A. (Sociedad Anónima) publicará un boletín para que se suscriban, si decide emitir acciones para el público. Este trámite se hace de forma similar al otro procedimiento de una fundación sucesiva.

En caso de que ninguno de los socios o el público adquieren la totalidad de las acciones que se han emitido, no se podrá efectuar dicha ampliación para el capital. La única excepción es que se haya previsto esta situación y quede establecido ampliar por una cantidad menor que si esté suscrita.

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