Ayudas al desempleo para autónomos

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¿Quieres ser autónomo, pero te preocupa las garantías o la falta de las mismas que puedes perder en el futuro? ¿No sabes qué derechos tienes trabajando por cuenta propia o cuáles son los requisitos para acceder a esos derechos disponibles? En este artículo hablaremos de las ayudas al desempleo para autónomos y de cuáles exactamente nos corresponden, según que circunstancias. Es positivo que un país de ciertas garantías a una persona que se encarga de crear empleo. Son estos trabajadores las personas que mejorar la economía de una sociedad. Pero, si ponemos en la balanza lo que dan y reciben, no está compensado. Unas buenas condiciones que respalden o ayuden en cualquier situación a un autónomo son necesarias para estimular el empleo. Se pide e insta a la gente que emprenda, desarrolle sus ideas y arriesgue, pero no se ayuda realmente a esas personas. Es, sin duda, una tarea pendiente.

Con el fin de disminuir el paro, mejorar el número de personas desempleadas y maquillar las estadísticas, los políticos invitar a la gente a crear su propia empresa. Es una buena estrategia, ya que el autoempleo es cada año una opción más válida. El gran fallo del Gobierno siempre ha sido crear un entorno favorable para que la gente pueda conseguir sus objetivos.

Es posible que una persona con grandes ideas, pero sin recursos, no llegue a ver su sueño cumplido. Esto se debe a que antes de empezar a ganar dinero, hay que hacer frente a una suma importante de gastos. Tanto si facturas como si no, has de pagar una serie de impuestos y gastos fijos. Todas estas trabas económicas y tributarias hacen que el autónomo, al final del mes, esté cobrando menos que un trabajador normal. Lo peor es que trabaja prácticamente todo el día para facturar.

desempleo para autónomos

Desempleo para autónomos

Para conocer el proceso de funcionamiento en cuanto a una prestación para desempleo de autónomos, hemos de saber varios datos. Cuando un cese de la actividad sucede, hay varios factores que se tienen en cuenta respecto a duración, situación y características. Al mismo tiempo es importante estar al corriente de las regulaciones y actualizaciones del año 2.019.
La ayuda al desempleo para autónomos, o conocido como paro, está vigente desde el año 2.010, en el mes de noviembre. A continuación, podrás encontrar los requisitos que son necesarios para acceder a esta ayuda:

– Afiliarse en la SS (Seguridad Social) y dado de alta en RETA (Régimen Especial para Trabajadores Autónomos).
Nuestro cese de la actividad debe estar legalmente registrada. También ha de suscribirse nuestro compromiso con dicha actividad y verificar nuestra acreditación en ese período para cotizar que se requiere.
– Si eres un autónomo y pierdes la licencia que te permite ejercer esa actividad, cuando se trate de cualquier infracción penal, no podremos optar a esa prestación. Si dicha retirada es motivada por otras razones, si podremos pedirla.

– Cubrir nuestro período mínimo respecto a la cotización por el cese de la actividad. Este cese deberá haberse realizado dentro de los anteriores 48 meses. Ha de estar ininterrumpida en, mínimo, doce meses antes de dicho cese.
– No tener ninguna deuda o cuota pendiente de la SS (Seguridad Social). Al tener aunque sea una sola cuota pendiente dentro de nuestra fecha del cese, debemos tener garantizado un mínimo período para cotizar que nos posibilite acceder a esta ayuda. En este caso, disponemos de un tiempo limitado no superior a 30 naturales. Dentro de este plazo, debemos abonar toda cuota pendiente de pago.
– No vamos a poder pedir esta ayuda si tenemos una edad con la que nos corresponde la jubilación. A excepción de que no podamos acreditar el tiempo establecido de cotización para este derecho.

Dificultades y valoración para autónomos

Las ayudas al desempleo para autónomos se ha reivindicado durante mucho tiempo para que sea un derecho reconocido a este colectivo. Pese a desacuerdos en el Senado y Congreso, finalmente se pudo aprobar. Pese a la aceptación de la mayoría, podemos decir que, después de nueve años, no ha tenido tanto éxito como se creía. La acreditación de las ayudas al desempleo no han cumplido con las expectativas generadas, ya que sólo unos pocos se pueden beneficiar. El motivo son las trabas que existen al pedir este tipo de ayudas para el autónomo. Las mutuas, mirando por su propio interés, pedían demasiados requisitos y exigían de más para que el autónomo pudiese probar que realmente se encontraba en cese de la actividad.

En el año 2.015, con el fin de corregir este error o mala actuación de las mutuas, se hicieron varias actualizaciones. El objetivo era poner más fácil que un autónomo pueda conseguir este tipo de ayudas. Las medidas para aumentar el número de autónomos y sus ayudas se incluyeron en la correspondiente Ley de las Mutuas. Esto no surtió el efecto esperado, ya que seguía resultando extremadamente difícil su acceso. Hoy en día, se espera por parte de este colectivo otras medidas que realmente sean efectivas para poder disponer de esa ayuda. Es el Gobierno el organismo que tiene que corregir ciertas normativas o leyes y apoyar a los trabajadores.

A partir del primer día del año 2.019, se estableció que todo autónomo queda cubierto en caso de su cese de la actividad. Un gran cambio y esperanza para este tipo de trabajadores, ya que hasta ese día era todo lo contrario. Antes de esta medida, se podía elegir cotizar para esta ayuda o no. El día 28 de diciembre del año 2.018, paso a ser obligatorio esta cotización.

Cotización y base determinante en las ayudas

A la hora de establecer una prestación motivada por un cese de la actividad y conocer el paro correspondiente del autónomo, hemos de saber varios datos. La base con la que se cotiza es la de nuestro RETA (Régimen Especial para Trabajadores Autónomos) que se cotiza de forma mensual. La cotización aplicable, respecto a las ayudas al desempleo para autónomos puede ser del 0,7 al 4%. Actualmente, es el 0,7%. Hasta hace casi 5 años, dicha cuota estaba unida de manera obligatoria a una cotización de Enfermedades profesionales y Accidentes del Trabajo. Fue en el año 2.015, el día 1, cuando se liberó del deber de soportar estas cotizaciones y acceder a la ayuda del desempleo. La intención era animar a todos los autónomos a que cotizaran por el cese de la actividad.

Ayudas al desempleo y su duración

Otra información de gran interés es saber el tiempo que dura esta ayuda para autónomos. La duración de la misma, está directamente relacionada con el tiempo que nosotros hemos cotizado. Si queremos cobrar las ayudas al desempleo para autónomos, has tenido que cotizar, de manera ininterrumpida, esos doce meses anteriores a tu cese de la actividad. En este apartado podrás ver una tabla para que, sabiendo lo que hemos cotizado, podemos calcular el tiempo que nos corresponde disfrutar de esa ayuda.

Entre 12 y 17 meses cotizando sin ninguna interrupción, nos corresponde cuatro meses.
Si cotizamos entre 18 y 23 meses, sin ninguna interrupción, disfrutaremos de la ayuda seis meses.
Entre 24 y 29 meses cotizando sin ninguna interrupción, podemos contar con un paro de ocho meses.
A partir del mes 30 hasta el 35, cotizando sin ninguna interrupción. Tenemos derecho a cobrar esta prestación durante diez meses.
Superando los 36 meses, sin pasar de los 42, cotizando sin ninguna interrupción. El tiempo que nos corresponde es de doce meses.
En el caso de que hayamos cotizado, sin ninguna interrupción, más de 40 meses y menos de 48. Aquí, cobraremos la ayuda durante 16 meses.
Por último, si hemos cotizado sin ninguna pausa más de 48 meses. Nos corresponde 24 meses de esta ayuda.

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Suspenso de las ayudas al desempleo para autónomos

Este suspenso significa que, por algún motivo, se ha interrumpido esta ayuda al desempleo para autónomos. Así como su cotización mensual completa. Esto no afecta a la percepción del período. Existen diversas causas que llevan a este desenlacen, como por ejemplo:

– Si el período de trabajo como autónomo o como empleado no llega a los doce meses.
– En el transcurso del período, motivada por una infracción grave o leve sancionada. En estos casos, previamente establecido, el tiempo de reducción de la ayuda es el mismo que el otorgado por la sanción.
– No tendremos acceso a esta ayuda al desempleo para autónomos si estamos cumpliendo una condena en la que nuestra libertad esté privada.

Como hemos podido comprobar, no solamente basta con cotizar el mínimo de meses y pedir la ayuda. Hemos de cumplir con nuestra responsabilidad financiera y saber cuáles son los impuestos y obligaciones de los autónomos. El incumplimiento de cualquier deber como persona registrada en el RETA puede privarnos de cualquier derecho otorgado. Es por eso que hemos de hacer las cosas siempre de una manera correcta. El desconocimiento no es una excusa que podamos poner, ante una situación irregular. Por eso, es aconsejable contar con la ayuda de un asesor o una gestora que nos guíe por el buen camino. Si nos preguntamos cómo puede un emprendedor llevar su contabilidad, nos bastará únicamente con pedir consejo profesional. Tener una referencia cercana también nos permitirá copiar esos hábitos que llevan al éxito a una persona.

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