Accionista – ¿Qué es un accionista?

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¿Tienes un capital ahorrado que actualmente no te genera rendimientos y quieres buscarle un mejor uso para conseguir ciertos beneficios? ¿Estás planteándote diferentes vías de inversión para que tu dinero trabaje para ti y no pierda poder adquisitivo en futuro? En este artículo hablaremos de qué es un accionista y de todo lo que has de saber sobre esta ocupación. Desde el punto de vista y necesidad de la empresa, a veces precisan conseguir dinero para mantenerse, invertir o seguir creciendo. Una manera de conseguir esta meta es la emisión o creación de acciones y su venta posterior. De esta manera, se ingresa un dinero que van a utilizar para lo que les hace falta, ya sea un pago inicial como compra del local o alquiler, adquisición de mobiliario, máquina o salario de trabajadores. Es importante, ya que nos permite cumplir con nuestra responsabilidad financiera.

Es una ayuda externa para que el negocio sobreviva y consiga generar los beneficios esperados en un inicio. Estas personas que se han hecho con las acciones puestas a la venta van a ser, desde ese momento, accionistas. El puesto dentro de la empresa, del que ha adquirido esas acciones, es de propietario, en la proporcionalidad de su compra. En otras palabras, si una compañía emite 1 millón de acciones y una persona compra 100.000 de esas acciones, el inversor pasa a tener en propiedad el 10% de esta empresa. Hay diferentes tipos de accionistas, dependiendo del capital y de sus objetivos o forma de trabajar. Algunas personas ven esta posibilidad como una transacción corta y puntual que le genera beneficios a corto plazo. Independientemente de nuestras intenciones, lo mejor es invertir en los malos momentos, si existe previsión de subida. Digamos que van en dirección contraria a la población, ya que en malos momentos es cuando realmente hay más posibilidad de invertir y generar beneficios. accionista

Accionistas

Una sociedad anónima, limitada y de capital es la manera jurídica habitual y general que da soporte a la actividad empresarial. Al margen de una sociedad unipersonal, el trato de los socios es esencial para el correcto funcionamiento. En este apartado veremos los derechos que corresponden a un accionista.

Según la legislación vigente, a excepción de casos especiales y establecidos previamente, un socio tiene, por lo menos, estos derechos:

  • Participación en reparto de ganancias sociales y en patrimonio generado por su liquidación.
  • Preferente asunción cunado se crean participaciones nuevas. También una suscripción con preferencia al emitirse acciones nuevas o para obligaciones que se convierten en las acciones.
  • Asistir y derecho al voto en juntas generales. Además, pueden impugnar diferentes acuerdos sociales.
  • Han de estar informados.

Se pueden clasificar los derechos anteriormente descritos en dos grupos grandes; vinculado a gestión societaria o contenido político y económicos, que son los que habilitan la participación en ganancias, en gran parte mediante los dividendos. A parte, nos encontramos con derechos que no son considerados absolutos y, a través de estatutos, participación o tipo de acción concreta, se pueden modular.

Una acción y participación social nos pueden dar distintos derechos. En el caso de la acción con un contenido idéntico en cuanto a derechos, formar una clase. En esa clase, existen series distintas y toda integrada en dichas series han te tener el mismo valor nominal. A la hora de crear una participación social y emitir acciones con ciertos privilegios en comparación con ordinarias, se tendrá que realizar las pertinentes formalidades correspondientes a ese concreto caso.

Existen muchas posibilidades para convertirnos en accionistas, pero para ello hemos de tener un conocimiento concreto. Al margen de la cantidad, es aconsejable saber cómo invertir dinero y, si es posible, empezar a Invertir a Edad Temprana.

Derechos políticos

El derecho político es el que garantiza esa participación para gestionar la sociedad. A continuación, vamos a hablar de los diferentes que nos podemos encontrar como:

– Derecho de voz, asistencia y voto en Juntas Generales. Es un derecho al que se le pueden establecer mínimos o directamente excluir un tipo de acción concreto (para el régimen económico con privilegio, que son acciones sin capacidad de voto. Principalmente, la mayoría toma estas decisiones y, en base al capital que representa el t´titulo individual. Según la legislación, es posible que sean necesarias las cualificadas mayorías o dotar de privilegios a acciones concretas.
– Derecho para convocar a la Junta. El socio que represente al 5% de una sociedad tiene la posibilidad de solicitar a todo administrador que proceda a convocar a la Junta. Si esta petición no es atendida, puede plantear este caso ante un Tribunal.

– Derecho a información. Para poder utilizar este derecho se necesita saber cómo va la sociedad. Para ello, se facilitará un acceso para este accionista a toda cuenta anual, informe de la gestión y, generalmente, a todo documento que se pueda aprobar en Junta. Lógicamente, está incluida la solicitud para aclarar en la Junta, aunque en este apartado es normal que puedan haber desacuerdos, discusiones y fricciones en relación al turno de palabra y las respuestas obtenidas.
– Derecho para impugnar acuerdos sociales. Todo accionista y partícipe tiene el poder de impugnar de manera judicial todo acuerdo de Junta que no respete la Ley, el estatuto o que sean perjudiciales para un interés societario. Mediante esta, protege a su sociedad y a el mismo.

– Derecho a acción social responsable. Al margen del ámbito en cuanto a decisiones aprobadas en Junta, con el fin de llevar un control diario en gestión, el socio podrá ejercer esta acción social responsable. Se da cuando esta persona considera que el gestor no está actuando en beneficio del interés societario.

Derechos económicos

El derecho económico permite al accionista participar en un reparto de ganancias sociales, en el caso de que existieran. En estos derechos vamos a ver por ejemplo:

– Derecho a la suscripción preferente. Se trata del derecho con preferencia de socios actuales para estar en la ampliación del capital o cuando se emiten obligaciones que se pueden convertir en acciones. De esta manera, evitan que las participaciones que poseen se diluyan. Este derecho está valorado de manera económica y existe la posibilidad de transmitirlo por el socio.
– Derecho a dividendo. El accionista disfruta del derecho al beneficio distribuido por la sociedad a los socios. Este dividendo, depende del capital que ha sido aportado, con algunos matices. Es importante aclarar que esa decisión de distribuir los beneficios o la ausencia de ella corresponde a su Junta General. En el caso de que no haya ningún beneficio, no habrá dividendo. Esto no quiere decir que si se generan beneficios, exista obligación de proceder al reparto.

– Derecho a cuota de la liquidación. Ante la disolución de la sociedad, un accionista va a tener derecho a la cuota en proporción correspondiente a esa liquidación.
– Derecho a separación. En algunos puestos concretos (cambio de domicilio a otro país, sustituir al objeto social, pasar de sociedad comanditaria o colectiva y si no hay un reparto en cuanto a beneficios superior a 5 años en una sociedad no cotizada), el socio que no aprobó esos acuerdos puede reclamar a su sociedad la liquidación del valor respecto a sus acciones. Con este proceso, estaría dejando esa sociedad.

– Derecho a representación proporcional. Esta representación será proporcional en Consejo de la Administración, si se trata de una Sociedad Anónima.
– Derecho a transmitir participaciones o acciones. Se trata del derecho por el cual de un socio dispone de participaciones o acciones. Es posible que ese derecho tenga limitaciones sustanciales de manera legal o estatutaria. Es muy habitual en una sociedad limitada y anónimas, ya que logran que no entren socios no deseados.

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Accionista y rentabilidad

Una pregunta que constantemente nos hacemos es qué provoca una subida o bajada en el precio de la acción. Esa evolución de su precio, en todas las empresas, está relacionada con aspectos de esa empresa. Si el negocio tiene mucho potencial, se toman decisiones acertadas en cuanto a distribuir servicios y productos, eventualmente crecerá. Esto hará que esa empresa se revalorice y el precio de sus acciones suben. Aunque además, depende de otros factores generales que puede ser el entorno (estabilidad del país en cuanto a política y social, crecimiento económico o si estamos en crisis).

A continuación, expondremos un ejemplo que nos ayudará a captar la idea y su impacto:

– La empresa toma la decisión de llevar a cabo una ampliación del capital mediante emisión o creación de acciones nuevas (actualmente tiene 1 millón de acciones). En esta situación, el accionista que ha adquirido previamente 100.000 acciones (10%), cuenta con la preferencia a la hora de hacerse con esas acciones nuevas. Este es el derecho con preferencia a suscripción.

– En este punto, la empresa emite 50.000 nuevas acciones. El accionista del anterior ejemplo va a tener preferencia a la hora de adquirir el 10% correspondiente a las acciones. Este porcentaje es la parta que ya tiene de las actuales participaciones de esa empresa. Así, cuando se realiza esta ampliación del capital, la compañía cuenta con las acciones que se han emitido y las que ya tenía antes. En cuanto al accionista, tendrá en su poder el mismo porcentaje de acciones en la empresa, si ha ejecutado ese derecho de preferencia.

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