Cobrar la Pensión: Todo lo que has de saber sobre las Pensiones

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Cuando una persona se jubila no se acaban sus obligaciones fiscales. Esto quiere decir que todas las personas están, por norma general, obligados a presentar la declaración de la renta y, los pensionistas, también deben rendir cuentas en el IRPF por la pensión pública que reciban, así como por la privada que reciban a través de un plan de pensiones.

No obstante, hay que tener en cuenta que existen algunas excepciones, que dependen del tipo de pensión pública que se esté percibiendo.

Obligación de presentar la declaración de la renta como pensionista

De cara a la Agencia Tributaria, la pensión pública es la nómina de un pensionista. Por lo tanto, al igual que ocurre con el salario, se debe integrar dentro de los rendimientos del trabajo y estará sujeto a las normas generales en cuanto a la obligación de presentar o no la renta, al igual que cualquier otro ciudadano.

En este sentido hay que tener presente que aquellas personas que ingresen menos de 22.000 euros de un solo pagado están extensos del IRPF. Si solo se percibe la pensión, independientemente de su tipo, y no se alcanza dicha cifra, no habrá obligación de presentar la declaración.

Sin embargo, en el caso de que haya varias fuentes de ingresos, con las inversiones aparte, el mínimo de 22.000 euros tan solo podrá ser tomado en cuenta si se ha cobrado menos de 1.500 euros del segundo y siguientes pagadores. Superada esa cifra bastará con que los ingresos superen los 14.000 euros para estar obligado a la presentación de la declaración de la renta, sin importar si estás jubilado o no.

Sin embargo, un problema común en muchos pensionistas es que el dinero que reciben a través del plan de pensiones actúa como un segundo pagador a efectos de la renta. Esto hace que si por dicho plan se han cobrado más de 1.500 euros, si los ingresos superan los mencionados 14.000 euros habrá que presentar la renta. Al igual que el resto de ingresos, las pensiones públicas se encuentran sujetas a la retención de IRPF.

Pensiones exentas de la declaración de la renta

Hay que tener en cuenta que hay ciertas pensiones que están exentas de tribuar en el IRPF y que, por tanto, Hacienda no tiene en cuenta al establecer los límites comentados.

Estas son las siguientes:

  • Pensiones del extranjero cuyo importe no supere los 1.500 euros siempre que el total del rendimiento total del trabajo no se encuentre por encima de los 22.000 euros.
  • Pensiones a favor de quienes han sufrido algún tipo de lesión o mutilación a consecuencia de la Guerra Civil.
  • Anualidades por alimentos que se perciben por los padres por decisión judicial.
  • Pensiones de orfandad.
  • Pensiones por incapacidad permanente o inutilidad, siempre que la lesión inhabilite por completo para la realización de cualquier profesión.
  • Prestaciones públicas extraordinarias por motivos de terrorismo.
  • Indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales, es decir,  las pensiones que deriven de accidentes.

Cuánto tiempo se debe cotizar para poder cobrar la pensión

Por otro lado hay que saber el tiempo que se debe cotizar para poder cobrar la pensión. Para el cálculo de la jubilación hay que tener en cuenta dos elementos que son fundamentales: las cantidades por las que se ha cotizado y los tiempos de cotización para la pensión, es decir, el dinero que has percibido y el tiempo que has trabajado. Estos son los datos que tiene en cuenta la Seguridad Social para definir lo que una persona debe cobrar cuando se jubila.

Cuántos años hay que cotizar para jubilarse

La edad legal para la jubilación en España se encuentra fijada en 65 años e irá subiendo de forma progresiva hasta que en 2027 quede fijada en 67 años. No obstante, esto no quiere decir que todas las personas deban retirarse a esa edad, ya que además de la edad, se tienen en cuenta el número de años cotizados.

De esta manera, en función del tiempo que se haya cotizado se podrá acceder a la jubilación antes de dicha edad, aunque esto implicará que no se percibirá el 100% de la pensión de jubilación salvo en algunas excepciones.

Para conocer los años que son necesarios trabajar para cobrar la totalidad de la pensión se puede acceder a las tablas de la Seguridad Social  para ello. En el caso de 2019 es necesario haber cotizado 36 años y 9 meses o más para poder jubilarse a los 65 años. En caso contrario será necesario trabajar hasta los 65 años y 8 meses.

No obstante, existen algunas excepciones para los casos de jubilación anticipada a una edad de 60 y 61 años, así como una jubilación especial a los 64 años. En estos casos los periodos mínimos de cotización también pueden variar.

Cuántos años se debe cotizar para cobrar la pensión mínima

En el caso de que no se hayan cotizado tantos años se podrá acceder a una pensión pública, pero no por el 100% de tu base reguladora. Esta se calcula en función del salario durante los últimos 21 años en 2019. También se irá elevando hasta alcanzar los 25 años en el año 2022.

Para poder percibir la pensión contributiva mínima, se necesita cotizar un mínimo de 15 años. También  cumplir con otros requisitos adicionales.

Es necesario estar afiliado a la Seguridad Social y dos de esos años cotizados deben encontrarse en los quince años inmediatamente anteriores a la retirada. Gracias a esos 15 años de cotización se podrá cobrar la pensión mínima, que será de la mitad de la base reguladora y se irá incrementando a medida que se vaya cotizando.

Pensión si no se ha cotizado el mínimo

En el caso de las personas que no hayan alcanzado los 15 años de cotización deben saber que no podrán cobrar una pensión contributiva. No obstante , sí podrán percibir una pensión no contributiva.

Los requisitos para recibir una pensión no contributiva son el haber cumplido los 65 años de edad o la edad de jubilación correspondiente y carecer de ingresos suficientes. Para la Seguridad Social tienen esta condición aquellas rentas que no superan los 5.321,4 euros en el caso de que vivan solas. Si viven con más personas la cuantía se adapta al número de ellas y el grado de parentesco entre ellas, sumándose las rentas de todas las personas que se encuentren implicadas.

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