Qué es el el IVA devengado
El IVA devengado o IVA repercutido, es el que un autónomo o empresa se encarga de cobrar a sus clientes. Es decir, se trata de la cantidad porcentual que se añade al coste neto que tiene un producto o un servicio que se está ofreciendo a los clientes.
Este IVA devengado forma parte del libro de contabilidad de empresas y autónomos, que se encuentran obligados a presentarlo en el caso de que les fuese requerido, y en el que figuran tanto los gastos como los ingresos, en base a los cuales se debe realizar la posterior declaración trimestral del IVA.
Este IVA repercutivo es la base que es tomada para restarle el IVA soportado deducible, que es el que se corresponde con los gastos que debe realizar el autónomo o la empresa para poder adquirir productos o servicios con los que poder desarrollar su actividad laboral. En base a esta operación se obtiene la cantidad de IVA que cada autónomo o empresa debe pagar trimestralmente.
Diferencia del IVA devengado con el IVA soportado
El IVA soportado es aquel impuesto al que debe hacer frente un autónomo o empresa en el momento de comprar cualquier tipo de servicio o producto para poder llevar a cabo una actividad económica. En este caso el autónomo el que pasa a convertirse en cliente para abonar el IVA correspondiente.
Es considerado IVA soportado cuando se paga un porcentaje de dinero (habitualmente 21%) para comprar, por ejemplo, un nuevo ordenador para la oficina o materia prima para poder elaborar un producto. Es decir, hace referencia al IVA que el autónomo o la empresa asumen a la hora de llevar a cabo algún tipo de compra.
La Agencia Tributaria establece que las empresas y los autónomos pueden deducirse el IVA Soportado para realizar su actividad, siendo retado del IVA repercutido.
IVA devengado en una factura
A la hora de realizar una factura como empresa o autónomo, el emisor debe repercutir el IVA del servicio que presta o el producto que vende. Esto quiere decir que debe ser el cliente que lo adquiere el que debe hacer frente al pago del impuesto, a través de la factura.
Por su parte el empresario o el autónomo es el obligado tributario, es decir, quién se encarga de recaudar este impuesto para, posteriormente, declararlo ante la Agencia Tributaria.
A la hora de realizar una factura, el IVA debe encontrarse siempre debidamente desglosado, indicando el tipo de iva que se aplica (4%, 10% o 21%), la base imponible (importe de los servicios o bienes antes de aplicar impuestos) y la cuota tributaria, que es la cantidad del impuesto que se suma a la base imponible para, en conjunto determinar el valor total de la factura.
Modelo 303 de IVA
El modelo 303 de liquidación de IVA es el documento en el que las empresas y los autónomos están obligados a rendir cuentas por el IVA que han soportado y también por el que han devengado. A la hora de rellenar el mismo será necesario diferenciar entre los diferentes tipos de IVA de las facturas que se han emitido, y también sobre las soportadas.
En este aspecto se debe tener en cuenta que todos los ingresos deben estar reflejados, algo que no es necesario con los gastos. La legislación vigente solo permite que se imputen como gastos de IVA aquellos que guarden relación con la actividad económica, lo que hace que una gran cantidad de servicios o productos se quedan fuera de esta calificación, aunque sí podrán imputarse en el momento de llevar a cabo el Impuesto de sobre Sociedades o la declaración de la renta.
No obstante, a efectos de IVA, existe una mayor restricción normativa y, salvo casos particulares, se exige que sean gastos del negocio y no gastos mixtos personas y del negocio.
Las empresas actúan como recaudadoras
Un error muy habitual entre muchos profesionales y empresas es que consideren el IVA devengado como ingresos. Realmente no es así. Esto es porque esas cuantías no vana a parar a su empresa o negocio, sino al Estado.
Esto hace que las empresas y los autónomos sean recaudadores para el Estado. Así lo que se está haciendo es ejercer de intermediario o recaudador del impuesto. Realmente no se trata de un ingreso por la venta de un producto o servicio.
Una vez recaudado el impuesto se deberá enviar a Hacienda en función del resultado de la declaración trimestral de IVA. Para ello, al IVA devengado se le restará el IVA soportado.
De eta forma, de alguna manera, la Agencia Tributaria es como si dejase disfrutar a las empresas de un dinero adelantado. Esto lo hace a cambio de que se encargue de recaudarlo y de, posteriormente devolverlo.
En un principio se ve como situación de ventaja para el Estado. Esto es porque se ahorra los elevados costes que tendría para él su recaudación directa. No obstante también es beneficioso para la empresa. En este cao porque recibe capital de IVA adelantado por el que puede obtener un rendimiento.
Además, en el caso de que un autónomo o empresa tenga problemas de liquidez o no haya cobrado facturas, tiene la posibilidad de solicitar el aplazamiento del IVA. No obstante, esto está sujeto a la aprobación por parte de Hacienda y lleva asociado un coste adicional.
No es recomendable solicitar el aplazamiento de IVA. Sin embargo, en ocasiones es necesario por falta de liquidez. De esta manera, si tienes que pagar el IVA pero no tienes dinero, encontrarás en el aplazamiento una solución para ello. Para ello tendrás que solicitarlo en el momento de presentar el modelo 303.