Cómo calcular la pensión alimenticia
En la actualidad no hay una homogeneidad en los criterios para decidir cual es la pensión alimenticia más apropiada. Cuando una pareja se divorcia o se separa tiene que tener un acuerdo legal donde se especifique muchos elementos importantes. En este acuerdo se especificará la custodia de los hijos. Otros elementos a tener en cuenta son la repartición de los bienes inmuebles y la pensión de alimentos para los hijos.
Los hijos de los matrimonios no pueden vivir del aire. Necesitan una mínima pensión para vivir. Cuando el juez dicta que la mujer sea la que tenga la custodia del hijo, el padre le tendrá que pagar esta pensión. Si por el contrario es el hombre el que tiene la custodia del hijo percibirá la pensión de la mujer. Cuando se tiene custodia compartida esta pensión desaparece .Cada miembro paga lo que necesite el niño cuando está con él.
Una pareja se puede separar por mutuo acuerdo. Todo es así mucho más fácil. Una de las dos partes se queda con la custodia de los hijos o hijo y la otra parte le pasa una pensión alimenticia. Si no se divorcio por mutuo acuerdo entonces es el juez decide. Normalmente se entra en un contensioso.
Pasa que cuando se pueden arreglar las cosas de forma amistosa para todo lo anteriormente explicado no se hace así. Por desgracia van directos al contensioso. El juzgado en este caso es el que tendrá la última palabra.
¿Cómo se determina el importe de la pensión alimenticia?
En la actualidad no hay unos obligados criterios que rija que cantidad es la que se tiene que dar en una pensión de alimentación. Es mejor estudiar el caso de cada matrimonio para poder decidir cual será la cantidad a pagar o percibir.Hay que tomar atención a las posibilidades en temas económicos que tengan las dos partes de la pareja. Hay que tener en cuenta varias cuestiones importantes:
- El juzgado estudiará todas las circunstancias del miembro que tenga que pagar la pensión de alimentación. Esta valoración la tiene en cuenta el juez. Así puede establecer la pensión más baja que se le tiene que pasar al hijo.
- La pensión de subsistencia es una cantidad que se considera imprescindible para poder hacer frente a los alimentos que necesita un niño o un adolescente. No puede darse menos cantidad de la que se estipula para la supervivencia. De forma general en nuestro país se fija la cantidad mínima de 150 euros por hijo. Todo lo que esté por debajo de esta cantidad no se aceptará justa. El progenitor que la percibe tendrá que luchar para que esa cantidad sea más elevada.
- Normalmente es raro que se acuerde la eliminación de la pensión alimenticia. Si el progenitor que tiene que hacer frente al pago está en el paro o no tiene una cantidad de dinero suficiente para vivir podrá dar un poco menos. Nunca puede hacer caso omiso de la obligación que tiene con su hijo. Aunque no se tenga nada no puede dejar de dar el dinero sea como sea a su hijo. Recientemente está apareciendo la situación en los juzgados de la suspensión de la obligación si no hay ningún ingreso de la persona obligada. Te puede interesar como se calcula el salario base para saber cuanto corresponde al obligador a pagar.
¿Qué establece el Consejo general del poder judicial?
- El Consejo general de poder judicial ha aprobado unos baremos con tablas que orientan para poder calcular la pensión alimenticia en España. No hay unos criterios que generalicen el tema. Existe además una calculadora (es lo más parecido) En esta se puede saber la cantidad que se debe de dar de pensión de alimentos.
¿Qué factores hay qué tener en cuenta para poder calcular la pensión
alimenticia?
Para llevar a cabo la tabla orientativa de la pensión alimenticia se ha tenido en cuenta varios criterios:
Los hijos que deben de percibir una pensión alimenticia según el consejo general del poder judicial son:
- Los que tienen 16 años. Los adultos con más de veinticinco años y que no perciben dinero por trabajar.
- Todos los menores de 16 años si uno de sus padres está dentro del domicilio.
El hijo dependiente es el que necesita ayuda económica de apoyo por sus razones laborales o de edad. Usando el INE han propuesto cálculos. Tienen en cuenta los domicilios de parejas que tienen un niño dependiente siempre teniendo muy en cuenta la totalidad de las entradas y salidas de dinero que se tienen en el hogar.
Nunca se basan en los salarios brutos y si en las cantidades netas. Se calculan con las doce mensualidades del año con las pagas extras ya prorrateadas. Además otros elementos que se puedan entender (bonos por posibles objetivos, pluses por la producción del trabajador, etc) se agregan. En los ingresos netos del obligado se quitarán todas las restricciones de los anticipos y las cargas que se puedan atender (alquiler, hipoteca, etc) La pensión de alimentos es prioritaria para los hijos que son menores.
¿Qué es lo qué ocurre con los gastos de la hipoteca y vivienda del obligador?
Exclusión de algunos elementos.
No se incluyen dentro de las citadas tablas baremadas ni la educación de los niños, ni la hipoteca. Esto se calcula deforma independiente. Una vez que tenemos el resultado de una table se le debe de sumar los conceptos relacionados con la vivienda y la educación que no se ha incorporado en las tablas.
No hay necesidades de motivos especiales.
Se dice que los hijos no necesitan nada especial. Si un hijo tiene una enfermedad, es minusválido o tiene otras circunstancias no se consideran necesidades especiales. Si se tiene en cuenta una de estas variables se debería de sumar a la pensión.
La pensión que se imponga no sumará los gastos llamados extraordinarios. La manera de pagar se debe de determinar de forma separada.
Los índices llamados correctores de las determinadas zonas se hará de forma automática por la tabla ponderada. El índice que se denomina corrector debe ser el del propio municipio donde resida el niño.
Las tablas ponderadas no deben de contemplar el pago de ingresos menores a 700 euros. Se dice que los tramos que tengan menos de 700 euros tienen que dar los 150 euros mínimos que se establecen. Por lo tanto por encima delos 700 euros se usa la tabla más las suma de los demás elementos. Si se cobra por debajo de los 700 euros no se usará la tabla.